En Ecuador el voto es obligatorio por lo que, el Código de la Democracia establece que quienes no acudan a sufragar deberán presentar una justificación válida o serán sancionados con una multa de USD 40, equivalente al 10% del salario básico unificado.
Según el Consejo Nacional Electoral, si el ciudadano no acude a sufragar por haber contraído COVID-19 puede evitar la multa establecida si presenta el certificado médico del Sistema Nacional de Salud Público o Privado, que confirme que el resultado de la prueba de COVD-19 dio positivo. Esta justificación también se aplica para los miembros de las JRV.
Por su parte, las personas asignadas como Miembros de las Juntas Receptoras del Voto que no acudan a formar parte de la JRV el día de las elecciones, tendrán que pagar una multa que corresponde al 15% del salario, es decir USD 60.
Mientras que, quienes hayan faltado a la capacitación que dio el CNE para cumplir esta labor, tendrán otra multa, de USD 40, equivalente al 10% del salario básico.
Es importante destacar que las multas son acumulativas, los electores que faltaron a la primera vuelta y lo vuelven hacer en el balotaje deberán cancelar la suma de ambas.
Fuente: CNE