VIDEO: Hombre ataca brutalmente a gato en Guayaquil

Un nuevo y lamentable caso de maltrato animal ha conmocionado a Guayaquil, donde un hombre atacó a un inocente gatito con un palo de escoba en las calles Carchi y Ayacucho. El trágico suceso tuvo lugar cuando el felino ingresó a su negocio en busca de alimento.

El incidente fue registrado por una cámara de seguridad y posteriormente compartido en redes sociales, generando indignación y repudio por parte de la comunidad.

Las imágenes muestran al agresor utilizando un palo de escoba para golpear al gato indefenso, que buscaba algo de comida en su local.

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La crueldad de este acto provocó la muerte del inocente animal, lo que generó una ola de reacciones en redes sociales y llamados a la justicia por parte de la ciudadanía.

El agresor aún no ha sido identificado, pero se estima que las autoridades abran una investigación para dar con su paradero.

El maltrato animal es un delito y debe ser denunciado y castigado en conformidad con la ley.

Sanciones

La modificación de 2019 al COIP incluye la muerte, abuso sexual y peleas entre animales como delitos. Las sanciones incluyen penas privativas de libertad de dos meses a 3 años.

  • Abuso sexual a animales: El artículo 250 señala que «la persona que realice actos de carácter sexual contra un animal que integre la fauna urbana respectiva, lo someta a explotación sexual, lo utilice para actos sexuales propios o de terceros; o, lo ponga a disposición de terceros para actos sexuales, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año.
    • Si producto de esta conducta causa la muerte del animal, la sanción será la pena privativa de la libertad de uno a tres años».
  • Muerte a un animal: En el primer inciso establece que «la persona que mate a un animal que forma parte de la fauna urbana será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año. Si la muerte se produce como resultado de actos de crueldad será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años». Esta se aplicó en el caso de Spayk con la pena máxima.
  • Peleas entre animales: El segundo inciso incluye que «a persona que haga participar perros u otros animales de fauna urbana, los entrene, organice, promocione o programe peleas entre ellos, será sancionada con pena privativa de libertad de dos a seis meses«.
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