En un año, la Asamblea no podrá tratar las reformas a la Ley Orgánica de la Función Judicial. Como lo había anunciado, el presidente Daniel Noboa emitió un veto total al proyecto aprobado por el Legislativo.
El documento aprobado por el Legislativo incluía un artículo en el que se permitía que los vocales del Consejo de la Judicatura que estén en prisión preventiva o arresto domiciliario se acojan al régimen de vacaciones sin sueldo.
Eso generó críticas de varios sectores, incluido el Ejecutivo quien anticipó el veto total. Sin embargo, el documento remitido por Noboa a la Asamblea no solo cuestionó ese artículo. De acuerdo con el Primer Mandatario, las reformas aprobadas requerían de una amplia participación de los actores de la Función Judicial.
Sin embargo, su principal argumento para el veto fue que los principios de la administración de justicia y los criterios de igualdad, equidad, probidad, oposición, méritos, publicidad, impugnación y participación ciudadana “que se busca incluir con la reforma propuesta ya se encuentran regulados en la norma vigente”.
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Noboa agregó que “la declaración de la voluntad soberana debe manifestarse ante la real ocurrencia de un problema regulatorio”.
El experto en Derecho, Esteban Ron, explicó que con esa decisión, la Asamblea solo puede considerar nuevamente el proyecto de Ley un año después de la fecha del veto.
“Después del año, la Asamblea puede ratificarse en un solo debate”, mencionó Ron. Sin embargo, para eso es necesario el voto de las dos terceras partes de la Asamblea; es decir, 92 votos.
Es decir, e actual Parlamento no podrá abordar nuevamente este tema. Esto porque para mayo de 2025 se prevé la posesión de las nuevas autoridades después de las elecciones generales de febrero próximo.
Licencia para vocales con prisión preventiva
Aunque no fue el único cuestionamiento, el Ejecutivo sí le dedicó un párrafo a la modificación sobre la licencia para los vocales de la Judicatura con prisión preventiva. Dijo que esa disposición es contraria a lo establecido en la Constitución ya que ningún funcionario judicial probo debería estar involucrado en actos que sean contrarios a la Ley.
Jueces especializados en violencia sexual
Uno de los temas importantes tenía relación con la existencia de jueces especializados en violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.
Una de las modificaciones establecía que el Consejo de la Judicatura fortalecerá las oficinas técnicas con profesionales en medicina, psicología y trabajo social “para garantizar la intervención integral”.
También se incluyeron las competencias de los jueces y juezas especializados en violencia sexual.
Justamente sobre este tema se pronunció el presidente de la Comisión de Justicia, Fernando Cedeño (correísmo). Esa mesa legislativa fue la encargada de elaborar los informes para primero y segundo debate del proyecto.
Cedeño dijo que era posible que el Ejecutivo opte por un veto parcial porque con la decisión del Presidente se imposibilita que en el país exista una justicia especializada en violencia sexual contra las mujeres. “Es una pena por los grupos de mujeres que reclaman justicia”.
Por su parte, el asambleísta del Partido Social Cristiano (PSC), Vicente Taiano, coincidió en la necesidad de un veto parcial. Él también rescató aspectos positivos de la normativa, sobre todo en lo relacionado con violencia contra la mujer.
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