La vicepresidenta Verónica Abad pidió a la Asamblea ser escuchada a propósito del debate previsto para este 13 de noviembre del 2024 sobre su inhabilitación. Mientras tanto, el Legislativo recurrirá a la Corte Constitucional por la actuación de la ministra Ivonne Núñez.
Un día antes del debate sobre la situación de Abad, la presidenta del Parlamento Viviana Veloz (corresísmo) dijo que lo más seguro es que la discusión del miércoles gire alrededor de lo actuado por la ministra del Trabajo Ivonne Núñez.
“La Ministra del Trabajo ha ido más allá de las competencias que tiene como representante de esa Cartera de Estado”, dijo Veloz en su acostumbrada rueda de prensa semanal. Agregó que lo actuado por Núñez puede significar un grave precedente.
No adelantó qué resolución podría tomar el Legislativo ante la suspensión decidida por el Ministerio de Trabajo en contra de Abad. Dijo que serán los asambleístas quienes resolverán esta cuestión.
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El debate y una posible resolución no será lo único que haga la Asamblea. Veloz dijo que pedirán a la Corte Constitucional un dictamen interpretativo sobre las competencias de la Ministra de Trabajo en la polémica suspensión de la Vicepresidenta.
“Los únicos competentes para fiscalizar o presentar una solicitud de juicio político y proceder a censurar y destituir somos los legisladores porque así lo establece la Constitución”, mencionó Veloz.
Abad fue sancionada con una suspensión temporal sin goce de remuneración por 150 días. El argumento fue que cometió una falta grave relacionada con el abandono injustificado del trabajo por tres o más días laborables consecutivos.
Esto por no presentarse en la Embajada de Ecuador en Turquía en la fecha señalada por el presidente Daniel Noboa, quien decidió trasladarla a ese país en medio de la escalada de violencia en Israel.
Sin embargo, un dato importante es que el tiempo de sanción va más allá del fin de la campaña electoral del 2025. Al ser Noboa un candidato a la Presidencia deberá pedir licencia y la Constitución señala a la Vicepresidenta como la facultada para ocupar el cargo en ese lapso.
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