¿A qué velocidad se circula en Quito? Este es el límite en vías urbanas y perimetrales

Desde el martes 30 de julio del 2024 en Quito se controlan los límites de velocidad con radares móviles. Los operativos se ejecutan en siete vías perimetrales y calles urbanas con el objetivo de reducir los índices de siniestros de tránsito.

En las vías perimetrales está permitido que los vehículos livianos y motos circulen a 90 kilómetros por hora (km/h) y A 70 km/h las unidades de transporte público y pesado. Mientras que en las urbanas el límite permitido que transiten a 50 km/h y 40 km/h, respectivamente.

Los ciudadanos que excedan los límites enfrentarán una sanción económica de 138 dólares, equivalente al 30% de un Salario Básico Unificado (SBU), según el artículo 389 – 6 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Quienes sobrepasen el rango moderado (60 km/h en vía urbana) recibirá una sanción de tres días de cárcel, una multa de 460 dólares, equivalente a un SBU, más la reducción de 10 puntos en la licencia de conducir, según el artículo 386-1 del COIP.

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De acuerdo a la categorización de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT), las vías de Quito se clasifican de la siguiente forma:

VÍAS PERIMETRALES

  • Av. Simón Bolívar
  • Ruta Viva
  • Panamericana Norte
  • Av. Mariscal Sucre: del túnel de San Juan hacia el norte
  • Collas
  • General Rumiñahui
  • Av. Córdova Galarza

VÍAS URBANAS

  • Av. Maldonado
  • Av. Napo
  • Av. Teniente Hugo Ortiz
  • Av. Quitumbe Ñan
  • Av. Oswaldo Guayasamín
  • Av. Galo Plaza Lasso
  • Av. Eloy Alfaro
  • Av. 6 de Diciembre
  • Av. 10 de Agosto
  • Av. De la Prensa
  • Av. América
  • Calles y avenidas no perimetrales dentro de Quito
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