Quienes no fueron a las urnas a sufragar deberán presentar una justificación válida o serán sancionados con una multa de 40 dólares, equivalente al 10% del salario básico unificado, según lo indica el Código de la Democracia.
Sin embargo, quienes no votaron podrán justiciar su inasistencia en los siguientes casos
-No pueden votar por mandato legal
-No pueden votar por salud o impedimento físico
-Quienes hayan sufrido calamidad domestica grave ocurrida el día de las elecciones
-Quienes el día de las elecciones estén fuera del país
-Quienes por tener voto facultativo no están obligados a votar
En Ecuador el voto es obligatorio para los mayores de 18 años y optativo para los menores entre 16 y 18 años, los mayores de 65, los ecuatorianos que habitan en el exterior, los extranjeros que residan en el país por más de cinco años, los militares, policías y las personas con discapacidad.
Además, la sanción para quienes no integraron las juntas receptoras del voto (JRV) el día de los comicios es del 15% del SBU, es decir, USD 60.
Según las autoridades del CNE, todavía no está habilitado el proceso para que realice el pago de la multa.
El pasado domingo 7 de febrero, 13 099 150 de ecuatorianos fueron habilitados para sufragar en los comicios para Presidente, Vicepresidente, asambleístas y parlamentarios andinos.
Le contamos los detalles sobre las multas para las personas que no fueron a votar en el siguiente video