El Pleno del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) levantó la suspensión de los cuatro movimientos políticos: Fuerza Compromiso Social, Podemos, Libertad es Pueblo y Justicia Social.
Movimientos que estaban suspendidos como parte de los procesos de revisión de sus inscripciones, que recomendó la Contraloría del Estado.
En el informe de la entidad se determinó que existía varios incumplimientos en su inscripción. Entre ellos, firmas incompletas, firmas de menores de edad y registro de personas fallecidas
DECISIÓN DEL TCE
La noche de este viernes 14 de agosto se conoció la sentencia del TCE, donde levantaba la suspensión de los cuatro movimientos políticos. Aprobada con los votos de Arturo Cabrera, Joaquín Viteri, Patricia Guaicha, Guillermo Ortega, y el voto salvado del juez Ángel Torres, con la que se aceptó parcialmente el recurso de apelación presentado por el CNE.
El recurso presentado por Diana Atamaint, presidenta del CNE, apeló la sentencia de primera instancia dictada por el juez del TCE Fernando Muñoz.
Muñoz aceptó un recurso subjetivo ingresado por Justicia Social, movimiento fundado por Jimmy Salazar, esposo de Pamela Martínez, una de las sentenciadas en el caso Sobornos. El juez, el 2 de agosto, dejó sin efecto la resolución del CNE con la que se suspendió a los cuatro movimientos, argumentando que no se podía aplicar el Código Orgánico Administrativo en temas electorales.
Con esta decisión, los cuatro movimientos políticos podrán realizar sus procesos de democracia interna para la elección de candidatos para las elecciones generales del 202. Plazo que termina el próximo domingo 23 de agosto.
Sin embargo, la decisión solo dejó sin efecto la medida cautelar de suspensión, pero declaró la validez del inicio del procedimiento administrativo de revisión.
El CNE deberá pronunciarse, para dar a conocer si cancela o no a las organizaciones, en la segunda semana de septiembre del 2020. Según el calendario electoral vigente, la inscripción de candidatos se realizará entre el 17 de septiembre y el 7 de octubre.
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