Todo lo que debe saber sobre el silencio electoral

Por Doménica Montaño |

A pocas horas de las elecciones anticipadas del domingo 20 de agosto de 2023, desde las 00:00 de este viernes 18 de agosto, están prohibida la campaña, ya que comienza el silencio electoral en todo el territorio nacional.

Más de 13 millones de ecuatorianos irán a las urnas el 20 de agosto para elegir un nuevo binomio presidencial y una renovada Asamblea Nacional. También para decidir sobre la extracción petrolera en el Yasuní y, en Quito, sobre la actividad minera en el Chocó Andino.

Para que los ciudadanos puedan tomar decisiones individuales, las campaña para todos estos procesos están prohibidas desde las 00:00 de este viernes. Este jueves 17 de agosto de 2023 le explicamos qué es el silencio electoral, qué sanciones hay para quienes lo incumplen y qué pasa con la campaña que se mantiene en las redes sociales.

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¿Qué es el silencio electoral?

El silencio electoral significa el final de la campaña electoral de los candidatos y organizaciones políticas que, para estas elecciones anticipadas, arrancó en julio de 2023. El objetivo de estos días de silencio previo a las elecciones es que los votantes puedan reflexionar sobre la decisión que tomarán en las urnas.

El Código de la Democracia establece en su artículo 207 que el silencio electoral comienza 48 horas antes del día de los comicios y hasta las 17:00 del día del sufragio. En ese periodo, dice la ley, está prohibida la «difusión de cualquier tipo de información dispuesta por las instituciones públicas, así como la difusión de publicidad electoral, opiniones o imágenes, en todo tipo de medios de comunicación y medios digitales».

También están prohibidos los mítines, concentraciones y cualquier otro acto o programa electoral que puedan inducir a los ciudadanos a «una posición o preferencia electoral».

¿Qué pasa si se incumple con la medida?

Según el artículo 291 del Código, incumplir el silencio es una infracción electoral. Esta se sanciona con una multa equivalente al 50% de un salario básico unificado, es decir, 225 dólares. La sanción aplica para quienes:

  • Hagan propaganda dentro del recinto electoral en el día de los comicios.
  • Hagan propaganda electoral en los días en que dicha propaganda se encuentra prohibida por la ley.

Además, si la difusión continúa en radios, medios impresos, web o televisión, el CNE les ordenará suspender la publicidad inmediatamente. Sin embargo, habrá una excepción en casos de grave conmoción interna, catástrofes naturales u otras situaciones.

¿Qué pasa con las redes sociales?

Mauricio Alarcón, director ejecutivo de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo, explica que el artículo 207 del Código de la Democracia no menciona a las redes sociales como parte del silencio electoral. «Uno podría aplicar la norma por analogía, pero formalmente esto no establece la ley».

El experto dice que «en este caso, las redes sociales quedan totalmente excluidas«. Sin embargo, Alarcón dice que «en momentos como los que vivimos, en que lo digital tiene incluso mucho más peso que la comunicación tradicional, en definitiva hay mucho por trabajar en la materia».

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