Actualizado 10:40
Redacción Teleamazonas.com |
La campaña electoral finalizará la noche de este jueves 6 de febrero del 2025 y con ello empieza el silencio electoral. Los 16 binomios para la Presidencia de Ecuador junto a los candidatos a asambleístas realizarán hoy sus últimos eventos artísticos y políticos para difundir sus propuestas.
En el artículo 207 del Código de la Democracia se establece que el silencio electoral rige 48 horas antes de los comicios y se extiende hasta las 17:00 del día del sufragio, cuando se cierran las mesas de votación.
El silencio electoral significa el final de la campaña electoral y tiene como objetivo que previo a las elecciones los votantes puedan reflexionar sobre la decisión que tomarán en las urnas.
La disposición arranca a las 23:59 de este jueves 6 hasta las 17:00 del domingo 9 de febrero del 2025. Durante este periodo las organizaciones políticas y los ciudadanos ciudadanía no podrán difundir información o contenido que induzcan a los electores sobre una posición o preferencia
electoral.
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¿Qué está prohibido?
- Difundir cualquier tipo de propaganda electoral en radio, televisión, medios digitales, vallas publicitarias, prensa escrita u otros medios impreso.
- No se puede realizar mítines, concentraciones o cualquier otro acto de carácter electoral.
Al no cumplirse estas disposiciones, el Consejo Nacional Electoral (CNE) dispondrá a los medios de comunicación suspender de manera inmediata la difusión de estos contenidos, sin perjuicio de la sanción que imponga el Tribunal Contencioso Electoral.
¿Cuál es la multa?
Quienes infrinjan el silencio electoral durante este periodo de las elecciones serán sancionados con una multa de tres salarios básicos unificados, equivalente a 1 410 dólares, informó el CNE.
También, en el artículo 291 del Código de la Democracia se establece que una multa del 50% de un salario básico unificado, es decir, 235 dólares para quienes hagan propaganda:
- Dentro del recinto electoral en el día de los comicios
- En los días en que dicha propaganda se encuentra prohibida por la ley
¿Se puede realizar campaña en redes sociales?
En el artículo 207 del Código de la Democracia no se menciona a las redes sociales como parte de los medios para el silencio electoral, por lo que quedan totalmente excluidas.
Situación que ha generado cuestionamientos por el poder de influencia que tienen estos espacios. Por ello, el CNE plantea que se imponga una nueva normativa para los próximos procesos electorales.
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