ABC de la segunda vuelta electoral en Ecuador el próximo 13 de abril

Actualizado 19:10

Redacción Teleamazonas.com |

Los ecuatorianos volverán a las urnas el próximo domingo 13 de abril en la segunda vuelta electoral para escoger al próximo Presidente de Ecuador para el período 2025-2029.

En los comicios celebrados el pasado domingo 9 de febrero, el presidente y candidato Daniel Noboa, del Movimiento Acción Democrática Nacional (ADN) y la candidata Luisa González, del Movimiento Revolución Ciudadana – Reto, obtuvieron la mayoría de votos, sin embargo, no los suficientes para ganar en primera vuelta

La segunda vuelta electoral arranca con el debate presidencial que será la noche del domingo 23 de marzo del 2025. El evento se transmitirá en cadena nacional y abordará cinco ejes: educación, salud y seguridad social, criminalidad y seguridad, economía y empleo; y Gobernabilidad. El evento será transmitido en cadena nacional desde las 20:00 y tendrá una duración de dos horas.

Horario de votación

El CNE estableció que las votaciones se desarrollarán desde las 07:00 hasta las 17:00. Durante este tiempo, los ciudadanos podrán acudir a sus respectivos recintos electorales para ejercer su derecho al voto.

Para esta jornada electoral el CNE prohibió el uso de dispositivos electrónicos al momento de votar. De igual manera se aprobó que la prohibición se aplique a los miembros de las juntas receptoras del voto. Es decir, que los ciudadanos no podrán tomar fotografías de las papeletas electorales, de lo contrario podrán enfrentar sanciones.

¿Cómo consultar el lugar de votación?

Los ciudadanos pueden consultar el recinto, la junta y la dirección exacta del lugar designado para ejercer su derecho al voto.

Paso a paso para consultar el lugar de votación:

  • Ingresar a la página web del CNE, seleccionar ‘Elecciones Generales 2025’ y luego en ‘Consulta del Registro Electoral’ o en el siguiente link: https://app02.cne.gob.ec/consultaregistroelectoral/
  • Colocar el número de cédula fecha de nacimiento
  • Validar que no es un robot marcando el recuadro debajo de los datos solicitados
  • Dar click en Consulta

¿Cuál es la sanción por no votar?

En Ecuador el voto es obligatorio para los ciudadanos de 18 a 65 años. Para los jóvenes desde 16 años o personas mayores de 65, el voto es facultativo, es decir, que pueden o no acudir a las urnas.

Quienes estén obligados a asistir y no lo hagan deberán pagar el 10% de un Salario Básico Unificado (SBU), equivalente a una multa de 46 dólares. Además, es importante recordar que estos valores se acumulan si la infracción se comete más de una vez.

Los ciudadanos también pueden consultar si tienen valores pendientes a través de la página web del CNE, únicamente con el número de cédula y la fecha de nacimiento. Estos valores pueden cancelarse en las Delegaciones provinciales de la autoridad electoral ecuatoriana.

Multa para miembros de mesa que no asistan

Todos los miembros de la Junta Receptora del Voto (JRV) deben acudir al proceso electoral de segunda vuelta y en caso de no hacerlo son sancionados con una multa de 69 dólares, equivalentes al 15% de un salario básico unificado.

También quien abandone su labor en medio del sufragio se aplicará una sanción más drástica que asciende entre 11 a 20 SBU, es decir, entre 5 060 y 9 200 dólares.

Vigencia de la Ley Seca

La prohibición de consumo de alcohol previo a las elecciones, conocida como Ley Seca, también se aplica en la segunda vuelta electoral. Estará vigente desde el mediodía del viernes 11 de abril hasta las 12:00 del lunes 14 de abril del 2025.

Según el Código de la Democracia, artículo 123, quienes infrinjan esta normativa tendrán una multa económica del 50% de una remuneración básica unificada (SBU), es decir, USD 235. Esta sanción se puede aplicar a cualquier personas.

Documentos habilitados para votar

Para sufragar, los ciudadanos deberán presentar su cédula de identidad o pasaporte. Es importante recordar que, incluso si la cédula está caducada, los votantes podrán ejercer su derecho al voto sin inconvenientes.

Los documentos se deben presentar de forma física en la Junta Receptora del Voto, caso contrario no se puede votar.

Otras prohibiciones

Desde el jueves previo a la votación queda prohibida la difusión de propaganda política en medios de comunicación y redes sociales.

Además, no se permiten concentraciones o actos públicos que puedan influir en la decisión de los votantes durante la jornada electoral.

Emisión de resultados

Una vez cerradas las urnas, los miembros de las Juntas Receptoras del Voto iniciarán el conteo de votos. Se espera que el CNE emita los primeros resultados oficiales en las horas posteriores al cierre de votaciones. Dependiendo del nivel de participación y la rapidez del escrutinio, los ciudadanos podrían conocer al ganador esa misma noche o en los días siguientes.

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