Esta es la sanción si un candidato no asiste al debate presidencial obligatorio

El vicepresidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Enrique Pita, insistió este miércoles 15 de enero de 2025 que el debate presidencial, convocado para el domingo, es obligatorio en Ecuador.

El incumplimiento de la norma constituye infracciones electorales leves, graves y muy graves. Dentro de esta última se ubica el no asistir a un debate convocado por el CNE.

Según el artículo 279 del Código de la Democracia, «las infracciones electorales muy graves serán sancionadas con multa» desde 21 a 70 salarios básicos unificados. Es decir, entre 9 870 y 32 900 dólares.

Dentro del mismo artículo se establece que, como parte de la sanción, el infractor podrá ser destituido o suspendidos sus derechos de participación entre 2 a 4 años. Entre las causas para aplicar esta sanción, en el numeral 11, se ubica a los «candidatos que no asistan a los debates obligatorios convocados y organizados por el Consejo Nacional Electoral».

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Los debates presenciales fueron establecidos en las reformas al Código de la Democracia de 2020. Los encuentros, organizados y convocados por el CNE también se aplican para las dignidades de alcaldes y prefectos en cantones y provincias con un número superior a 100 000 electores.

Para el debate del domingo 19 de enero se han tomado en cuenta 16 candidatos presidenciales. Estos han sido divididos en dos grupos con preguntas dirigidas en cuatro ejes principales. El encuentro será transmitido en cadena nacional desde las 19:00 hasta las 22:00.

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