Roberto Salgado, especialista en derecho laboral y societario, analizó la remoción de Fausto Murillo.
En el espacio de entrevistas ‘Los Desayunos 24 Horas’, Salgado indicó que, en términos generales, la base jurídica fundamental está en el artículo 42 del Código Orgánico de la Función Judicial.
«Establece, con toda claridad, que los vocales del Consejo de la Judicatura son designados por un período fijo. Y que no son parte de la carrera judicial. Esto es fundamental que se conozca y que no forma parte del informe y pedido del anterior ministro de Trabajo», dijo Roberto Salgado.
Sobre esa base fundamental, indica que el propio código orgánico de la función judicial, en el artículo 43, establece exactamente qué es la carrera judicial.
De tal manera, Roberto Salgado considera que «No existe ninguna inhabilidad para que Fausto Murillo deje de formar parte del Consejo de la Judicatura».
Por otra parte, afirma que «se está utilizando artículos inaplicables» para la remoción de Murillo.
Y expresa que la Constitución de la República, en el artículo 76, numeral séptimo, establece que todos los poderes públicos deben motivar sus decisiones.
«Debidamente motivar sus decisiones. No es simplemente de motivarlas aunque no tengan relación con las normas que se están aplicando. Eso es exactamente lo que ha ocurrido en este caso. Se han aplicado normas que no tienen nada que ver con el asunto», puntualizó.
Francisco Bravo analiza el caso del exvocal de la Judicatura, Fausto Murillo
Tannya Varela afirma que mientras haya hacinamiento en las cárceles será complicada una rehabilitación social https://t.co/xIs1ELmVKb pic.twitter.com/EO8CZXCukh
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