Estos son los requisitos para solicitar la eutanasia en Ecuador

El Ministerio de Salud Pública emitió el reglamento para la aplicación de la eutanasia el viernes 12 de abril del 2024. Con ello se especificó una serie de requisitos para solicitar el procedimiento, despenalizado en Ecuador en febrero.

En el documento se establecen dos escenarios: la eutanasia activa y la eutanasia activa avoluntaria. La primera tiene que ver con la petición del paciente o su representante legal para acceder a la «muerte digna«, mientras que la segunda consiste en la solicitud del paciente que se ha expresado con anticipación mediante voluntades anticipadas o testamento.

En estas dos circunstancias se deben cumplir ciertos parámetros:

Activa voluntaria

  • Ser ecuatoriano/a o tener residencia permanente en el Ecuador
  • Tener mayoría de edad y encontrarse en plenitud de sus capacidades mentales, legales y conscientes en el momento de la solicitud
  • Llenar la solicitud para la aplicación de la Eutanasia Activa Voluntaria informada, inequívoca y persistente expresada de manera directa por el paciente.
  • Informe médico suscrito por el o los médicos tratantes de los establecimientos del Sistema de Salud, que debe detallar:
    Diagnóstico definitivo de la enfermedad grave e incurable o lesión corporal grave e irreversible.
    Evolución de la enfermedad que incluya tratamiento, alternativas terapéuticas y diferentes terapias relacionadas con el manejo del sufrimiento, dolor y complicaciones médicas.
    Constancia que tuvo el acceso efectivo a tratamientos curativos y cuidados paliativos integrales
    Evaluación del pronóstico, funcionalidad del paciente y calidad de vida, mediante escalas y criterios a corto, mediano y largo plazo.
    – Detalle de la asesoría integral al paciente, familiares o allegados que el paciente señale.
  • Informe psicológico clínico detallado donde se determine su habilidad en la toma de decisiones libres y voluntarias.
  • Informe psiquiátrico en el que se determine la inexistencia de un desorden psíquico que cause inhabilidad en la toma de decisiones libres y voluntarias.
  • Informe socio económico del paciente emitido por un trabajador social
  • Solicitud de ratificación o revocación de la aplicación de la Eutanasia Activa Voluntaria
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El informe psicológico, psiquiátrico y socio económico serán válidos dentro de los 30 días vigentes a partir de su emisión. Además, en los casos que el paciente no pueda firmar los documentos de su voluntad deberá ser certificada por un notario público, quien mencionará la condición del paciente y dará fe de su voluntad.

Activa avoluntaria

En este caso se deberán cumplir los siguientes parámetros:

  • Documentos de voluntades anticipadas o testamento vital notariados
  • Ser ecuatoriano /a o tener residencia permanente en Ecuador
  • Tener mayoría de edad
  • Copia de la decisión judicial que respalde la representación legal
  • Solicitud para la aplicación de la Eutanasia Activa Avoluntaria, suscrita por el representante legal.
  • Informe médico del médico o médicos tratantes de los establecimiento del Sistema Nacional de Salud y que conste:
    Diagnóstico definitivo de la enfermedad grave e incurable o lesión corporal grave e irreversible.
    Evolución de la enfermedad que incluya tratamiento, alternativas terapéuticas y diferentes terapias relacionadas con el manejo del sufrimiento, dolor y complicaciones médicas.
    Constancia que tuvo el acceso efectivo a tratamientos curativos y cuidados paliativos integrales
    – Evaluación del pronóstico, funcionalidad del paciente y calidad de vida, mediante escalas y criterios a corto, mediano y largo plazo.
    – Detalle de la asesoría integral al paciente, familiares o allegados que el paciente señale.
    Certificación de la incapacidad actual del paciente para tomar decisiones
  • Informe socio económico del paciente
  • Solicitud de ratificación o revocación de la aplicación de la Eutanasia Activa Avoluntaria

La Secretaría Técnica del Comité Insterdisciplinario para resolver la Aplicación de la Eutanasia Activa Voluntario y Avoluntario revisará el cumplimiento de los requisitos en un máximo de dos días para notificar el inicio o finalización del proceso.

Si el paciente no cumple con los requisitos se notificará que se dará por finalizado el proceso y quien lo solicite podrá iniciarlo una vez que haya cumplido los parámetros establecidos.

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