Las recientes reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) establecen el incremento de penas para jueces que fallen arbitrariamente a favor del crimen organizado y para extorsionadores. También se cambiarán los tiempos establecidos para la flagrancia y para la detención con fines investigativos.
Con el objetivo de apoyar la investigación penal y evitar la impunidad, se cambió el lapso de 8 a 12 horas en que la Fiscalía puede detener a cualquier persona con fines investigativas, mientras que la flagrancia será de 24 a 48 horas después del cometido ilícito.
Asimismo se establecieron conductas agravadas por diferentes delitos. En el caso de la intimidación, si esta se realiza contra un servidor público para que actúe de forma contraria a la ley, la pena se elevará de tres a cinco años de prisión. Y para la extorsión se estableció como agravante la amenaza periódica de muerte, lesión o secuestro, y quien la cometa deberá ser sancionado con 7 a 10 años de prisión.
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Además, el prevaricato será penado con 5 a 7 años de cárcel y hasta 10 años si se beneficia a grupos de delincuencia organizada. Esto tras los casos cuestionados en los últimos meses que han provocado diversas reacciones de las fuerzas de seguridad y autoridades del Gobierno.
Además, se creó el delito de reclutamiento de niños, niñas y adolescentes, el cual será penado con 10 a 13 años de prisión, y hasta con 16 años en caso de narcotráfico, delitos contra la vida y terrorismo. Todas estas reformas al COIP se encuentran en el Registro Oficial y entrarán en vigencia desde el 12 de mayo.
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