Tras 10 días de búsqueda, el cuerpo de María Belén Bernal fue hallado en una ladera del cerro Casitagua, cerca de la Escuela Superior de Policía, junto al cuerpo se encontró una cobija y otras evidencias, según detallaron las autoridades la tarde del miércoles 21 de septiembre del 2022.
“No es un crimen de Estado, pero sí (hay) responsabilidad estatal” dijo Ramiro García, Subdecano de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Central, la mañana de este jueves 22 de septiembre ante este caso que ha causado conmoción en Ecuador y que el presidente Guillermo Lasso lo confirmó como femicidio.
María Belén Bernal, abogada de 34 años y madre de un niño de 13, ingresó a la Escuela Superior de la Policía a las 00:45 del domingo 11 de septiembre y desde entonces no hubo registro de su salida.
García explica que no existe código que defina lo que es un crimen de Estado, “es más bien una categoría conceptual criminológica” y que de acuerdo a ello los criminólogos han establecido cuatro puntos que definirían un crimen de Estado.
- Ser realizado por un funcionario público.
- Que exista obstrucción de la investigación.
- Que exista denegación de la justica.
- Revictimización posterior.
Basado en estos puntos, García señala que en el caso de María Belén no ha existido obstrucción de la investigación y tampoco denegación de justicia, aunque resalta que se deberá esperar las acciones posteriores pidiendo transparencia como garantía para evitar la impunidad.
El jurista explica que lo que sí existirá es responsabilidad estatal “No solamente porque es un funcionario público, sino porque este hecho se comete dentro de una instalación pública, porque además hay otros que intervienen y otros que no intervienen teniendo la obligación de hacerlo”.
Sin embargo, García resalta que se deberá individualizar las responsabilidades tanto en el proceso penal como administrativo; en el primero por ejemplo, determinar quienes ayudaron a llevar el cuerpo, que aunque no hayan participado en el asesinato, sí fue parte del acto de encubrimiento, denominado fraude procesal.
Proceso tras el hallazgo
Para el subdecano, aun cuando el autor del delito no esté detenido, el proceso para determinar responsabilidades debe seguir su curso, que a corto plazo, debería ser de la siguiente manera:
Esperar los 90 días de instrucción fiscal que podrían ampliarse 30 días más si se vincula a más procesados, que para García es lo más probable.
Llegar a una audiencia preparatoria de juicio para determinar a quiénes se llama a juicio y a quien no.
Y finalmente que el caso llegue a juicio ante un tribunal de garantías penales que concluirá con una sentencia condenatoria o de inocente.
¿Qué es lo más extraño del caso en el ámbito jurídico?
A decir de García, el hallazgo del cuerpo de María Belén a 20minutos de la Escuela de Policía, es un caso que tiene muchos cabos sueltos. “Qué nivel de verticalidad irreflexividad existe en la institución policial y por cierto también en la institución militar que se puede llegar a este tipo de casos y pensar además que se lo puede hacer impunemente, eso es lo que asusta. Que en una Escuela superior de policía que debería ser uno de los lugares más seguro del país sucedan estos hechos”.
¿La Fiscalía ha actuado acorde a los tiempos?
Para García “no existe un afán de encubrimiento” por parte de la Fiscalía, debido a que fue el mismo teniente Germán C., principal sospechoso de la muerte de María Belén, quien se presentó a la Fiscalía a rendir su versión, pero a la falta de documentación del caso, en ese momento (el 13 de septiembre), no fue posible vincularlo o formular cargos en su contra. Sin embargo, resalta que se debe investigar todo, analizando todas las responsabilidades al interno de la Escuela Superior de Policía.
El subdecano considera inadmisible que hubo quienes “reportaron los actos de violencia a oficiales y que los oficiales hayan ordenado no hacer nada mientras una mujer era machacada dentro de la Escuela de Policía”.
¿Por qué sólo hay una persona detenida?
García considera que hubo un apresuramiento por parte de las autoridades al formular cargos contra una sola persona (Joselyn S.). “Primero se debió esclarecer la relación de la persona en el caso… Estamos criminalizando a una persona por cuestiones de relación sentimental con el autor de los hechos de violencia… ¿Qué pasa si en los 90 días de instrucción fiscal no aparece el autor, de qué cargos se le puede acusar a ella?” señala.
¿Qué pasa con los 12 policías investigados?
El jurista explica que mientras no haya una orden de prisión o vigilancia sobre los 12 policías que podrían estar involucrados en el caso, no se puede hacer nada. Sin embargo, resalta que la actuación inmediata de la Fiscalía con quienes exista sospecha será importante, tanto como la actuación de la policía de asegurar que los posibles implicados no huyan y se apliquen las sanciones penales o administrativas.
Trámite en el CIDH
García explica que los entes internacionales entran a funcionar cuando las autoridades nacionales no han funcionado, “sería muy triste que se tenga que acudir a órganos internacionales”; por esta razón, García espera que la Fiscalía, la Policía y la Judicatura hagan su trabajo con todas las garantías y del cual se establezcan adecuadamente las responsabilidades individuales de quienes participaron en el hecho.
Mire la entrevista completa en el siguiente video: