Actualizado 12:30
Redacción Teleamazonas.com |
El estado de excepción en siete provincias y tres cantones de Ecuador decretado por el presidente Daniel Noboa el pasado 2 de enero del 2025 sigue vigente hasta este viernes 28 de febrero del 2025.
De hecho, los 60 días de estado de excepción establecido en el Decreto Ejecutivo 493 finalizan el domingo 2 de marzo del 2025. Es decir, un día antes de que se inicie el feriado de Carnaval.
El estado de excepción está vigente en las provincias de provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro y Sucumbíos. Además, en los cantones, Quito, La Troncal y Camilo Ponce Enríquez. la medida está vigente en el país por «grave conmoción interna» y la declaratoria de conflicto armado.
El documento también dispone que continúe la movilización e intervención de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional en los cantones en los que rige la medida.
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El Decreto 493 también se dispone que haya toque de queda de 22:00 a 05:00 en 22 cantones de Azuay, Guayas, Cañar, Los Ríos, Orellana y Sucumbíos y la parroquia Tenguel, de Guayas. El toque de queda no incluye al Distrito Metropolitano de Quito.
Ese toque de queda se aplica todos los días en los siguientes cantones y parroquia:
- Azuay: Camilo Ponce Enríquez
- Cañar: La Troncal
- Guayas: Durán, Balao y parroquia Tenguel
- Los Ríos: Babahoyo, Buena Fe, Quevedo, Pueblo Viejo, Vinces, Valencia, Ventanas, Mocache, Urdaneta, Baba, Palenque, Quinsaloma y Montalvo
- Orellana: Joya de Los Sachas, Puerto Francisco de Orellana y Loreto
- Sucumbíos: Shushufindi y Lago Agrio
Las personas que circulen durante el horario de restricción, serán puestas a órdenes de autoridades competentes. No obstante, se establecen las siguientes excepciones:
- Personal de salud pública y privada
- Miembros de la fuerza pública, seguridad privada, de gestión de riesgos y de atención de emergencias
- Servicios de emergencia vial
- Servidores públicos de la Presidencia, Vicepresidencia; ministerios de Gobierno, Interior y Defensa; Snai, Asamblea y cuerpo diplomático.
- Contratistas públicos, personal del sector exportador y del industrial que ejerza labores nocturnas
- Abogados y personal de medios de comunicación
- Servidores de sectores estratégicos como energía, recursos no renovables, telecomunicaciones, agua, vialidad, y la infraestructura aeroportuaria y de aviación.
- Personas que deban trasladarse desde y hacia los aeropuertos por vuelos programados
El domingo 2 de marzo se cumplen los 60 días de estado de excepción que establece el Decreto Ejecutivo 493. Hasta el mediodía de este viernes 28 de febrero del 2025, el presidente Noboa no ha emitido un nuevo documento para renovar la medida.
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