La primera veda de cangrejo rojo y azul será del 01 al 29 de febrero de 2024, según indicó este martes 23 de enero el Ministerio de Producción. En ese lapso está prohibida la captura, transporte, posesión, procesamiento y comercialización de este crustáceo.
Esta decisión se estableció mediante el Acuerdo Ministerial Nro. MPCEIP-SRP-2024-0025-A. El documento se emitió este martes, informó la entidad en un comunicado de prensa.
Durante el mes de febrero se produce la etapa de precortejo y cópula. Esta actividad biológica se realiza exclusivamente en el exterior de las madrigueras; por tanto, la manipulación de la especie no permitiría su normal reproducción.
Las empresas procesadoras que deseen comercializar este producto en el período de veda deben solicitar un permiso a la Dirección de Recursos Pesqueros, indicó Alejandro Moya, subsecretario de Recursos Pesqueros.
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Solo podrán acceder a este documento las empresas procesadoras o empacadoras que hayan procesado el cangrejo antes del periodo de veda. Eso, siempre y cuando hayan notificado su stock antes del 1 de febrero.
Las personas que incumplan lo establecido en la Ley Orgánica para el Desarrollo de la Acuicultura y Pesca, en referencia a la preservación de recursos, podrán ser sancionados o puesto a órdenes de la Fiscalía General del Estado de conformidad con el Código Orgánico Integral Penal.
De la misma manera, el acuerdo ministerial establece el segundo periodo de veda de muda para el cangrejo azul y cangrejo rojo desde el 01 al 30 de septiembre próximos.
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