Son 11 las objeciones realizadas por el presidente de la República, Daniel Noboa, al proyecto de Ley de la erradicación a la violencia y el acoso en toda forma de trabajo.
En el texto vetó parcialmente el artículo dos, el que en lo aprobado por la Asamblea sancionaba como acoso laboral la no desconexión digital, es decir, el envío de mensajes, llamadas, correos o requerir del trabajo fuera del horario laboral.
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El jefe de Estado pide que se corrija el texto y que se aclare que la medida aplica para el teletrabajo y cuando estas acciones sean reiterativas.
“Que se trata, como era lógico, de una conducta reiterativa, repetitiva, lesiva, que cause un daño a un trabajador. Porque ese es un proceso de acoso del que no podemos tapar el sol con un dedo. Lamentablemente sí se da, sí ocurre pero hay que tenerlo con un debido proceso”, aseguró la abogada experta en temas laborales, Vanessa Velázquez.
El Presidente quitó la obligación de que una empresa deba emitir disculpas públicas a un empleado en caso de que no se pueda identificar al responsable de actos de violencia digital en el lugar de trabajo. Lo mismo hizo con el artículo que prohibía que un empleado público fuera forzado a renunciar o terminar su relación laboral como resultado de violencia o acoso.
Por su parte, la asambleísta, María Teresa Pasquel, parte de la comisión del derecho al trabajo, donde será tratado este veto, insiste en que es necesario que se considere a todas las modalidades de trabajo, pues el irrespeto a la desconexión digital no solo ocurre en el teletrabajo. “Cuando hay jefes que son constantes y continuos en el abuso, a eso nos referimos”, agregó.
Entre otras cosas el presidente modificó las atribuciones de los inspectores de trabajo. Con el veto ellos no podrán emitir sanciones pecuniarias, en caso de violencia y acoso laboral. Esta facultad recae a los delegados del Ministerio de Trabajo en cada provincia. “Que sea la autoridad mayor la que defina y también dice que se analicen los casos”, agregó Pasquel.
Este proyecto de Ley también regula las sanciones al irrespeto de vacaciones o permisos, el cambio de ocupación sin previo aviso dentro de una empresa, además reforma la Ley de Servicio Público y modifica las sanciones y multas por acoso.
La Asamblea Nacional tiene un plazo de 30 días para decidir si acepta el veto del Presidente de la República o se mantiene firme en el proyecto original. Para aprobar el proyecto original se necesitará el respaldo de al menos 92 votos de los 137 legisladores.
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