La Secretaría de Movilidad y la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) anunciaron que, en julio del 2024, iniciarán los operativos de control sancionatorios a conductores que excedan los limites de velocidad en el norte, centro y sur de Quito.
Esta decisión se adoptó por las altas cifras de siniestralidad que hay en la capital por el exceso de velocidad. Según cifras oficiales, durante 2024, esa causa provocó 267 siniestros de tránsito, 157 lesionados y 39 fallecidos.
La AMT, la Secretaría de Movilidad y Bloomberg Philanthropies, una fundación internacional de prevención de siniestros viales, llevaron a cabo operativos preventivos durante mayo del 2024.
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Se realizó la campaña ‘50 km/h es la clave‘, cuyo propósito fue que los vehículos respeten los límites de velocidad establecidos para evitar siniestros de tránsito.
Durante esos operativos preventivos, la AMT constató que los automóviles son los que más exceden la velocidad, con un porcentaje del 78%, seguidos por las motos con 14%, autobuses 5% y 3% otros vehículos.
¿Cuáles son las sanciones por exceso de velocidad?
Según el art. 386, inciso 1, literal 3, del Código Integral Penal (COIP), el conductor que exceda los límites de velocidad, fuera del rango moderado, será sancionado con pena privativa de libertad de tres días, multa de un salario básico y reducción de 10 puntos en su licencia de conducir.
En cambio, el art. 389, literal 6, establece que el conductor que exceda los límites de velocidad, dentro de un rango moderado, será sancionados con multa equivalente al 30% de un salario básico unificado.
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