La Corte Constitucional del Ecuador emitió una sentencia declarando la nulidad del hábeas Corpus otorgado a favor del ex vicepresidente Jorge Glas en agosto de 2022. El documento fue emitido el 13 de diciembre de 2023.
En el primer punto, declara que la sentencia dictada el 5 de agosto de 2022 en Portoviejo a favor de Glas, «vulneró el derecho al debido proceso en las garantías de ser juzgado por el juez competente y bajo el trámite propio, motivación y seguridad jurídica».
Lea también:
- Fiscalía responde a declaraciones de Dalo Bucaram sobre pruebas contra Glas en caso Odebrecht
- Juez Rivera solicita a la Asamblea autorización para procesar a Jorge Glas
Y el texto agrega que esa decisión «desnaturalizó la garantía del hábeas corpus». Esta acción está contenida en el artículo 89 de la Constitución ecuatoriana vigente. Allí establece su aplicación para «recuperar la libertad de quien se encuentre privado de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima«.
La sentencia de 71 páginas además dispone el envío del expediente del caso a la Fiscalía General para que se inicie la investigación pertinente. Ese organismo deberá determinar si existe el delito de prevaricato por parte del exjuez Banny Rubén Molina Barrezueta, o si se encuentra su participación en otros delitos.
Finalmente, dispone al Consejo de la Judicatura que aplique sanciones, de ser el caso, a los abogados Carlos Alfredo Alvear Burbano y Fausto Alejandro Jarrín Terán.
El juez Molina aceptó el recurso de hábeas corpus de Glas y ordenó su salida de la cárcel en agosto de 2022. Meses antes, el exmandatario recibió el mismo beneficio de un juez de Manglaralto, pero este fue revocado por la Corte Provincial de Justicia, por estar fuera de su jurisdicción. En esa ocasión tuvo que regresar a prisión luego de 40 días en libertad.