El presidente Daniel Noboa vetó completamente Proyecto de Ley Reformatoria al Código Orgánico del Ambiente aprobado por la Asamblea. En total, el Ejecutivo expuso 12 reparos a la normativa para argumentar su decisión.
Primero, Noboa argumentó sobre la jerarquía de las leyes. Es decir, al ser una reforma al Código Orgánico de Ambiente, los cambios no podían hacerse con una ley de menor peso.
El documento enviado a la Asamblea dice: “Una ley ordinaria no puede modificar al Código Orgánico del Ambiente pues, dada su jerarquía, únicamente puede ser reformada a través de una ley del mismo rango”.
También cuestionó el que se haya incluido la posibilidad de modificaciones en los límites y cambios de categoría en áreas protegidas. “Las modificaciones a los límites, al ser un término de carácter general, abre la posibilidad de reducción de los límites de las áreas protegidas, lo cual contraviene lo establecido en la Constitución”, se señala en el veto.
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Además, el veto señala que no se incluyeron a las comunas en lo relacionado con los servicios ambientales. “Describir quiénes pueden acceder al beneficio es correcto; sin embargo, es necesario aclarar o complementar la declaración ya que, hace falta mencionar a las comunas que se encuentran reconocidas en la Constitución”.
Otro cuestionamiento tiene que ver con las disposiciones generales. Por ejemplo, el Ejecutivo dice que lo relacionado con el registro de los proyectos de servicios ambientales de reducción y captura de gases de efecto invernadero, al establecerse un plazo, debe ser una disposición transitoria.
Los aprobado por la Asamblea incluía las compensaciones por servicios ambientales, la regulación del mercado voluntario de carbono, gestión de patrimonio forestal, registro y certificación, conservación de la vida silvestre, entre otros.
También planteaban ampliar las capacidades de los gobiernos autónomos descentralizados.
Con la decisión del Ejecutivo, la Asamblea no podrá tratar el tema , al menos, en un año.
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