El último cruce entre el Ejecutivo y el Legislativo por la Ley del IESS y BIESS terminó. El presidente Daniel Noboa envió la normativa al Registro Oficial para su publicación y entrada en vigencia.
El viernes 19 de julio, la Asamblea informo que el Ejecutivo había vetado nuevamente la Ley Reformatoria a la Ley a la Ley de Seguridad Social y a la Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS).
Presidencia de la República ha reculado en su intención de vetar un proyecto de ley que ya había sido objetado, y envía al Registro Oficial para su publicación. Lo que debió ocurrir desde un inicio.
— Alejandro Muñoz (@AlejandroMunozH) July 22, 2024
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El Legislativo argumentó que no era posible vetar una ley que ya fue vetada por inconstitucionalidad y en la que, además, el criterio de la Corte Constitucional ya fue integrado.
Con base en eso, la Asamblea dijo que lo que debía hacer el Ejecutivo era sancionar esa Ley. Es decir; enviarla al Registro Oficial para su publicación.
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La Presidencia respondió que la objeción parcial por inconstitucionalidad y objeción parcial por inconveniencia se envió al identificar que en el nuevo texto se incurrió en otra inconstitucionalidad. Esto, dijo la Secretaría General de Comunicación, atentaría contra la seguridad jurídica.
El secretario de la Asamblea, Alejandro Muñoz, publicó hoy el oficio que Noboa había remitido al Registro Oficial. El funcionario dijo que la Presidencia ha reculado en su intención de vetar un proyecto de ley que ya había sido objetado.
El oficio enviado al Registro Oficial
“La Presidencia ha verificado con gran preocupación que el Proyecto de Ley remitido por la Asamblea presenta una nueva inconstitucionalidad en el artículo 7, que pone en riesgo la sostenibilidad de las finanzas públicas”, dice el documento.
El documento también detalla que la Asamblea devolvió el segundo veto y, producto de ello, se tomó la decisión de sancionar la presente ley. “Con las acciones realizadas por el Ejecutivo queda claramente documentada la firme y categórica objeción del Presidente de la República”.
Sobre las Ley de la Seguridad Social
En primera instancia, el jefe de Estado objetó principalmente los artículos relacionados con la conformación y el modo de elección de los miembros del Consejo Directivo del IESS.
La Corte Constitucional dio paso a la mayaría de sus reparos. Entre ellos estaba que la conformación del Consejo Directivo con tres de cinco miembros que pertenezcan al sector de afiliados y solo uno de los empleadores y otro de los jubilados, no garantizaba una representación paritaria de los tres sectores.
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