Un día después que se aprobara la reforma tributaria del presidente Daniel Noboa, se envió este 20 de diciembre del 2023 un segundo proyecto de ley económico urgente a la Asamblea Nacional.
El primer mandatario remitió al Legislativo el proyecto de Ley Orgánica de Competitividad Energética. Esta normativa se enfocará en acciones para resolver la crisis energética de Ecuador que ha provocado apagones a escala nacional de hasta cuatro horas desde el 27 de octubre del 2023.
En su cuenta de X, la ministra de Energía, Andrea Arrobo, señaló que la norma impulsa, entre otros temas: empleo, inversión y eficiencia energética en Ecuador. Para ello, se atraerán inversiones extranjeras, se fomentará el desarrollo de nuevas tecnologías y se apostará por la innovación en energías limpias y eficientes.
A partir de hoy corre un plazo de 30 días para que la Asamblea Nacional resuelva sobre el proyecto, como lo establece la ley. Con un comunicado, el Legislativo indicó que el proyecto será remitido al Consejo de Administración Legislativa (CAL) para iniciar el trámite.
Durante la campaña electoral, Noboa habló sobre la situación energética de Ecuador y dentro de su plan de Gobierno planteó «tener electricidad a un costo más bajo«. Para ello, aseguró que en su gestión se trabajaría para «invertir en distribución y transmisión eléctrica«.
Cambios con el proyecto de ley
Y con este nuevo proyecto económico pretende cumplir sus promesas. Según el documento oficial, uno de los objetivos es crear un fondo de eficiencia energética, que sería financiado por asignaciones del presupuesto fiscal y de recursos provenientes de cooperación internacional.
Este fondo tendría como acciones prioritarias: campaña de energía, proyectos de sustitución y recambio de equipos, maquinarias y electrodomésticos; implementación de sistemas de gestión de energía, y múltiples programas para poder enfrentar la crisis energética.
También en las reformas propuestas se encuentran: contratos autorregulados para la compraventa de energía; presupuesto y acciones de control para Arconel, delegación a empresas privadas para el desarrollo de actividades del servicio público de energía eléctrica; deducción al impuesto a la renta por la disminución o ahorro en las facturas de consumo anual de energía eléctrica; condonación de intereses por deudas del servicio público de energía eléctrica y el servicio de alumbrado público.
Oficio-No.-T.43-SGJ-23-0017-1