Un día después de que la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) iniciara los controles sancionatorios por exceso de velocidad en Quito, el alcalde, Pabel Muñoz, modificó la medida.
Este miércoles 31 de julio del 2024, Muñoz dio a conocer que, a partir de agosto del 2024, se sancionará el exceso de velocidad desde la tercera semana de cada mes.
Las dos primeras semanas de cada mes estarán destinadas a la socialización, campañas preventivas y operativos pedagógicos sin sanción. De acuerdo con Muñoz significa que, al infractor se le advertirá, pero no se aplicará la multa.
Asimismo, la tercera semana se centrará en el transporte público y pesado. El Burgomaestre acotó que serán intervenciones con «potencial sanción, porque si se cumple la norma no tiene por qué haber ninguna sanción«.
Finalmente, los dos últimos días de cada mes serán destinados a operativos sancionatorios a vehículos particulares. La AMT anunciará los días, horas y lugares donde se realizarán los operativos.
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«Si me pregunta a mí si me parece que esa sanción (prisión de tres días) es excesiva, creo que sí», admitió Muñoz. Aunque aclaró que la decisión la toman los jueces y no la municipalidad.
Según Muñoz, a la Alcaldía no le interesa cobrar multas o «peor aún que un juez dictamine la privación de una persona por un exceso de velocidad».
Operativos
Desde enero hasta julio de 2024, la AMT ejecutó 129 operativos preventivos en sitios estratégicos como: las avenidas Maldonado, Juan León Mera, América, 6 de Diciembre y Quitumbe Ñan.
Y el martes 30 de julio, esa entidad comenzó los controles sancionatorios en puntos específicos de la capital. El primero se llevó a cabo en la avenida Cóndor Ñan en el sector de la Plataforma Gubernamental del sur de Quito, desde las 08:00 y duró una hora.
En este periodo siete personas fueron sancionadas por superar los 50 kilómetros por hora (km/h) en el perímetro urbano. Seis de los siete infractores superaron el rango moderado por lo que recibieron una sanción económica de 138 dólares, equivalente al 30% de un salario básico, según el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Mientras que el séptimo infractor fue detenido. Se trata de un ciudadano de origen chino que circulaba a más de 60 km/h sobre la avenida Cóndor Ñan. De acuerdo al registro del cinemómetro, ubicado unos metros antes de la Plataforma Gubernamental, el hombre conducía a 64km/h, es decir, superaba el rango moderado.
La sanción que se le impuso fue permanecer en prisión por tres días, pagar una multa de 460 dólares, equivalente a un salario básico, más la reducción de 10 puntos en la licencia de conducir.
¿Cárcel por exceder los límites de velocidad es inconstitucional?
Tras conocer la detención de la persona extranjera, el abogado constitucionalista André Benavides publicó en sus redes sociales que «la pena no es proporcional a la infracción». Agregó que la sanción va en contra de los artículos 11, numerales 4 y 8; 76, numeral 5 y 84 de la Constitución del Ecuador.
El penalista Pablo Encalada Hidalgo concuerda con esa apreciación. Y apuntó que la Corte Nacional de Justicia «tiene su grado de responsabilidad». Criticó que se permita la libertad condicional en penas de hasta 5 años, pero no en casos de contravenciones, sancionadas con hasta 30 días de cárcel.
Además, el abogado calificó la medida como «desproporcional por donde se lo mire». También explicó que se puede demandar la inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional.
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#QUITO | Ciudadano chino adulto mayor fue el primer detenido en controles de velocidad. Video 👉 https://t.co/tmnKkhVsN3 pic.twitter.com/zgBZNImasr
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