El Municipio de Quito plantea tres tipos de sanciones para controlar el uso de la ‘tercera placa’ en la capital. Se prevé que el dispositivo empiece a funcionar a partir de junio de este 2025.
La utilización de la ‘tercera placa’ será obligatoria para todos los automóviles que se matriculen en Quito. Se trata de un dispositivo tipo chip que cuantificará las veces que un vehículo pasa por los peajes de Quito.
El Municipio de Quito plantea tres tipos de multas para quienes hagan mal uso de la ‘tercera placa y las diferenció en sanciones leves, graves y muy graves.
De acuerdo con el secretario de Movilidad, Álex Pérez, el objetivo del dispositivo es que las autoridades cuenten con información sobre el parque automotor de la ciudad y tomar medidas para controlarlo.
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El funcionario destaca que el dispositivo se entregará de forma gratuita apenas se realice el proceso de matriculación. Las sanciones están definidas, pero aún se espera que el Concejo Metropolitano apruebe una ordenanza para que empiece a funcionar, detalla el portal Primicias.
¿Cuáles son las sanciones?
El proyecto de ordenanza se debate en la Comisión de Movilidad. Por ejemplo, en las infracciones leves se podría aplicar una sanción del 20% del Salario Básico Unificado. El conductor cae en un falta leve cuando no porte la ‘tercera placa’ en la revisión técnica vehicular o en los controles operativos realizados por la autoridad de tránsito.
Además, pueden ser sancionados quienes no notifiquen el daño, destrucción o deterioro del dispositivo a la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT).
En tanto, las faltas se consideran graves cuando los conductores reincidan en una infracción leve en los siguientes seis meses. También quienes no cuenten con la ‘tercera placa’, luego de 15 días de haber notificado su daño, destrucción o deterioro. En estos casos la sanción sería del 50% del SBU.
Las infracciones son muy graves en caso de que un vehículo circule con la ‘tercera placa’ falsa, adulterada o que no corresponda a los datos registrados ante la autoridad municipal. Asimismo, cuando los conductores usen el dispositivo para fines distintos a los previstos en la ordenanza.
El Municipio cree que la reincidencia en las infracciones muy graves deben ser sancionadas «con el 100% del salario básico, sin perjuicio de las acciones civiles, penales o administrativas a que haya lugar».
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