Los ecuatorianos están convocados a participar en la consulta popular y referéndum el próximo domingo 21 de abril de 2024. En esta jornada, los ciudadanos deberán responder Sí o No a un total de 11 preguntas que han sido formuladas por el presidente de la República, Daniel Noboa.
La participación en los procesos electorales es obligatoria, según señala el artículo 62 de la Constitución del Ecuador, para los ciudadanos entre 18 y 65 años. Aquellos que no acudan a ejercer su derecho al voto estarán sujetos a una multa.
El valor de la sanción por no votar es equivalente al 10% del Salario Básico Unificado (SBU), lo que representa a un total de 46 dólares. Las personas que no acudan a sufragar tampoco recibirán el certificado de votación, documento solicitado en varios trámites ciudadanos.
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Para conocer si una persona tiene multas por no asistir a votar en procesos electorales anteriores se debe consultar en la página web del Consejo Nacional Electoral (CNE) con el número de cédula en la sección de servicios en línea.
Además, podrán ejercer su derecho al voto, de manera facultativa las personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada, jóvenes entre 16 y 17 años de edad, personas mayores de 65 años, personas con discapacidad y aquellos ecuatorianos que habitan en el exterior. Sin embargo, ellos están exentos de pagar cualquier multa.
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