El Ministro de Economía y Finanzas emitió directrices para el límite y la optimización del gasto público de octubre a diciembre de 2023.
El documento firmado por el ministro Pablo Arosemena establece límites a la contratación de nuevo personal y dispone que las entidades que forman parte del Presupuesto General del Estado suspendan las autorizaciones para el pago de horas suplementarias y extraordinarias para los trabajadores durante el cuarto trimestre de 2023
Además, entre los puntos definidos consta que solo se autorice la contratación de nuevo personal en cinco casos:
- Retorno del titular a su puesto de origen por finalización de comisión de servicios, y licencias.
- Reemplazos por puestos únicos.
- Reemplazos de puestos de Nivel Jerárquico Superior (por ejemplo, directores, viceministros). Pero solo aquellos que se desvincularon en septiembre y octubre, y que son prioritarios en la gestión institucional.
- Reingreso de servidores por cumplimiento de sentencias judiciales.
- Personal esencial de los sectores de Salud y Educación.
Se dispone también que en el Nivel Jerárquico Superior los puestos que permanecieron vacantes hasta septiembre de 2023 continúen en la misma condición
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Además, se frena la contratación pública, pues el Ministro de Economía y Finanzas no emitirá disponibilidades de recursos para nuevos proyectos de inversión y no autorizara incrementos presupuestarios en gasto corriente o inversión
El documento dispone que las instituciones de la función ejecutiva no deberán generar nuevos procesos de contratación pública. Esto tiene vigencia hasta finalizar el año
Estas medidas están dirigidas a todas las entidades del sector público:
- Los organismos y dependencias de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social.
- Las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado (alcaldías, prefecturas, juntas parroquiales).
- Los organismos y entidades creados por la Constitución o la ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado
- Las personas jurídicas de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) para la prestación de servicios públicos.