¡Atención! Se acerca la consulta popular y referéndum en Ecuador y llega la Ley Seca de 2024. El Código de la Democracia establece que siempre, antes y después de un proceso electoral, se aplique la restricción.
La norma prohíbe la venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas. La restricción iniciará al mediodía del viernes 19 de abril y terminará a la misma hora del lunes 22 de abril de 2024, según determina el artículo 123 del Código de la Democracia.
El incumplimiento de esta ley es sancionado con una multa equivalente al 50% de un Salario Básico Unificado (SBU), es decir, 230 dólares. Si una persona se presenta a sufragar en estado de embriaguez podría enfrentarse a esa sanción.
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Así lo establece el artículo 291 del Código de la Democracia respecto a las personas que expendan o consuman bebidas alcohólicas. Además, la Policía Nacional podrá aprehender a quienes sean hallados en estado de embriaguez o libando en la vía pública.
A los infractores que pongan resistencia a la detención o causen alboroto se los podrá trasladar a un Centro de Detención Provisional. En ese caso podrán ser sancionados con prisión por escándalo público.
En cuanto a los establecimientos de venta de licor, serán controlados por las intendencias de cada ciudad. En caso de infringir la ley, los locales serán clausurados.
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Vía: @ClavijoLuci pic.twitter.com/iyTGuOsxu9