El 1 de abril de 2023, el presidente Guillermo Lasso autorizó el porte de armas de fuego en Ecuador, mediante Decreto Ejecutivo. Con esto, en redes sociales se empezó a hablar sobre la Ley reformatoria a varios cuerpos legales, cuyo reglamento se publicó en el Registro Oficial el 29 de marzo. En las plataformas se asegura que esta norma ya autorizaba esta medida, pero un experto y dos asambleístas explican que no es así.
La Ley reformatoria a varios cuerpos legales modificó algunos artículos del Código Orgánico Integral Penal (COIP), entre ellos el 360 sobre la tenencia y porte de armas. Pero los cambios en el artículo no dieron paso al porte de los ciudadanos sino que únicamente clarificaron algunos aspectos.
Este cuerpo legal, que aún no entra en vigencia, se aprobó en enero de este 2023 por la Asamblea Nacional. La mayoría de legisladores votaron a favor, mientras que cuatro se abstuvieron. Los que no votaron ni a favor ni en contra de la ley fueron los asambleístas de Pachakutik, Peter Calo, Mireya Pazmiño, Joel Abad y Fernando Cabascango.
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¿Por qué se aprobó?
Nathalie Viteri, asambleísta del PSC, dijo que la tenencia y porte de armas siempre ha existido. Además explicó que lo que hizo la Asamblea fue solamente aprobar que las personas que están tramitando sus permisos de tenencia no sean detenidas como ocurría antes. Lo mismo aplica para las personas que ya tenían un permiso y que lo estén renovando.
El abogado penalista Pablo Encalada confirma lo argumentado por Viteri. Dice que no hay mayores modificaciones a lo que dice el COIP sobre el porte de armas. Las reformas al Código, explica el abogado, solo clarifica dudas.
Además, Ramiro Narváez, asambleísta por la Izquierda Democrática, aseguró que la Ley se aprobó porque solo modificó la definición de tenencia de armas. Según Narváez,»es absolutamente falso que esa ley viabiliza el porte para los ciudadanos». El legislador explicó que las reformas del artículo 360 solo se hicieron para clarificar el concepto.
El documento que sí cambia las cosas, dice el abogado Encalada, es el Decreto Presidencial de Guillermo Lasso. Sin embargo, el experto dice que la medida no se aplicará de inmediato porque hay varios reglamentos qué establecer y algunas leyes por cambiar.
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