81 asambleístas que no se presentaron a la sesión del domingo 18 de diciembre de 2022 podrían enfrentar una destitución por no acatar la orden del juez de La Concordia, Ángel Lindao. Pero no es una decisión fácil y debe cumplir con varios requisitos constitucionales.
El abogado constitucionalista Francisco Albuja explicó la destitución por incumplimiento es una disposición constitucional de «última ratio». Es decir, la última resolución luego de un largo proceso legal, que está en manos de la Corte Constitucional.
Sin embargo, para que el la posible destitución pueda presentarse, primero debe cerrarse la disputa con el juez de La Concordia, Ángel Lindao.
En este momento, la resolución del judicial de devolver sus cargos a los cuatro consejeros de Participación Ciudadana se encuentra apelada. El ordamiento jurídico dispone que el expediente suba a la Corte de Santo Domingo de los Tsáchilas, para que tome una decisión.
Este fallo tampoco es definitivo porque puede ser analizado por los jueces constitucionales. Solo a final de todo este proceso se podrá iniciar una demanda para destituir a los legisladores de mayoría.
Los 81 asambleístas tampoco podrán ser sancionados internamente. La jurista, Libia Libia Rivas del Instituto Ecuatoriano de Estudios Legislativos, aseguró que no hay un castigo para los asambleístas que no asistieron a la sesión, porque la reunión no se instaló.
Mire también:
Las bancadas de oposición advierten al Gobierno con una ‘grave crisis política’
El Consejo Directivo del #IESS deberá retomar su trabajo tras estar paralizado por un mes https://t.co/KWu4HUolBE pic.twitter.com/MpDve9mU6w
— Teleamazonas (@teleamazonasec) December 21, 2022