La Justicia de Córdoba (España) eximió a un padre a pagar la pensión alimenticia de sus dos hijas, mayores de 20 años, debido a que le trataban como ‘cajero automático’. La defensa argumentó que una de las causas es el desapego continuado por parte de ellas hacia su papá.
Medios locales recogen la historia que los padres de Marta y María, los cuales se divorciaron en 2003 y ellas se quedaron con la madre. El padre acordó pagar puntualmente la pensión alimenticia establecida por la ley y lo cumplió hasta el último mes.
Sin embargo, desde la separación, la relación entre las niñas y con su padre se fue fracturando, inclusive siendo inexistente al cumplir la mayoría de edad. Gabriel Velamazán, abogado del progenitor, mencionó que durante años y de manera insistente el hombre intentó retomar la relación, a lo que sus hijas se negaron ‘radicalmente’.
“El desprecio al padre se hizo extensivo al conjunto de la familia paterna, lo que hace aún más reprobable el modo de proceder de las hijas”, señaló Velamazán. La defensa afirma que la relación estuvo marcada por el desapego por parte de ellas. Entonces, se había quedado reducida a la de un «cajero automático».
- En este caso de desarraigo demostrado, la sentencia dejó sin efecto la obligación de manutención por parte del padre.
El letrado sostuvo la premisa de que las hijas podían esgrimir ‘excusas’ o ‘justificaciones’ de su comportamiento mientras eran menores. No obstante, al alcanzar la mayoría de edad, la responsabilidad de su actitud hacia su padre era completamente suya.
Fuente | La Razón/El Mundo