El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Fernando Muñoz, dejó sin efecto la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) en la que se dispuso suspender a los movimientos Fuerza Compromiso Social, Justicia Social, Libertad es Pueblo y Juntos Podemos.
Fernando Muñoz aceptó el recurso interpuesto por Manuel Castilla, director Nacional del Justicia Social.
Castilla había indicado que la resolución del CNE es ilegal y carece de fundamentos válidos para suspender a las organizaciones políticas.
Ante este recurso, el juez del TCE consideró que dichas medidas impuestas por el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) «no tenían el debido sustento».
Además, el Muñoz indica que la disposición del CNE «no es expresa, clara, completa, legítima y lógica», por lo que alude a la supremacía de las normas electorales.
DECISIÓN DEL CNE
El pasado domingo 19 de julio, el pleno del CNE suspendió los cuatro movimientos políticos: Fuerza Compromiso Social, Justicia Social, Libertad es Pueblo y Juntos Podemos.
En la sesión donde participaron Diana Atamaint, presidenta del CNE, José Cabrear y Esthela Acero se trató la recomendación de la Contraloría. La cual planteaba la eliminación de los cuatro movimientos políticos del registro electoral.
Durante la junta, el pleno decidió no eliminarlos sino suspenderlos hasta revisar su proceso de inscripción.
Además, se aprobó el informe jurídico respecto al cumplimiento de las recomendaciones de Contraloría. Y se resolvió iniciar «el proceso de revisión de las actuaciones administrativas, con las que se inscribieron los movimientos señalados».
Y dio un plazo de 10 días para presentar sus pruebas, alegatos, elementos de descargo y observaciones.