“Son procesos que no deberían llevarnos a la preocupación, por el contrario deberíamos estar pendientes que este tipo de procesos se realicen«, aseguró José Suing Nagua, presidente de la Corte Nacional de Justicia.
“Lo que nos debería preocupar es tener las herramientas y el número de jueces suficientes en el banco de elegibles para poder reemplazar cuando estas vacantes se producen”, señaló Suing, este miércoles 24 de abril del 2024 en el espacio de Entrevistas de 24 Horas en Teleamazonas.
El presidente de la Corte Nacional de Justicia destacó que en la Función Judicial existe un arduo trabajo pues está pendiente la selección de jueces nacionales, del banco de elegibles y otros procesos por la ausencia de magistrados a causa de hechos de corrupción, destituciones o fallecimientos.
No obstante, Suing recalcó que la preocupación principal es la selección de los 10 jueces nacionales y la conformación de un banco de elegibles. “No existe banco de elegibles y se necesita con urgencia”, recalcó.
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Además, el titular del máximo organismo de justicia indicó que si la falta de jueces es consecuencia de una evaluación, porque no cumplen con los requisitos o un proceso disciplinario “es lo que corresponde y eso no nos debería asustar”.
Sobre las judicaturas constitucionales, aprobadas en la consulta popular y referéndum, Suing dijo que se está trabajando en dimensionar cuántos jueces se necesitan y a las jurisdicciones que deberán asignarse.
«Es un tema que hay que discutirlo, procesarlo y si hace falta reformar el Código Orgánico de la Función Judicial. Creo que no es necesario poner un juez constitucional en cada una de las jurisdicciones y posiblemente habrá que recurrir a un mecanismo de la jurisdicción especial”, afirmó el presidente de la Corte Nacional del Justicia.
¿Qué pasará con la extradición?
Suing dijo que todavía se deberá esperar los resultados oficiales por el Consejo Nacional Electoral (CNE), pero que la tendencia “permite avizorar que va a ser aprobada por la mayoría de la voluntad popular y consecuencia de aquello se va a modificar el artículo de la Constitución que prohibía la extradición de ecuatorianos”.
El titular de la Corte Nacional de Justicia afirmó que con ello una persona que este acusada del cometimiento de un delito y que cumpla las condiciones de tratados internacionales, de la Constitución y la normativa interna pueda ser extraditado al país que lo solicite.
Además, aclaró que en el referéndum se planteó la extradición pasiva por lo que se aplicará solo cuando un Estado requiera a un ciudadano. Para ello, habrá un convenio de extradición y en caso de no tenerlo se acogerán a otros instrumentos internacionales que permitan la extradición en condiciones de reciprocidad.
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