«Constitucionalmente hablando Daniel Noboa y los asambleístas que buscan nuevamente un curul en la Legislatura están postulando para su primer periodo de Gobierno», afirmó Ismael Quintana, constitucionalista.
“La Corte Constitucional señala que quienes fueron electos en el contexto de la muerte cruzada solo completan el periodo y no aspiran a una reelección cuando postulan en el siguiente periodo”, recalcó Quintana este jueves 19 de diciembre del 2024 en el espacio de Entrevistas de 24 Horas en Teleamazonas.
Ismael Quintana señaló que tras la muerte cruzada la Corte Constitucional aclaró que quienes fueron electos en este contexto solo lo han sido para completar el periodo de los antecesores. Por lo tanto, según el constitucionalista, al postularse nuevamente en 2025 no están aspirando a una reelección.
Además, el abogado recalcó que en la ley electoral solo se señala que deben pedir licencia quienes buscan la reelección. En el caso de Noboa y los legisladores no se debería pedir licencia sin sueldo para la campaña de enero de 2025, según la normativa constitucional.
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Sobre la demanda de inconstitucionalidad contra la ‘Ley Antipillos’ presentada por Viviana Veloz, presidenta de la Asamblea, el abogado dijo que no existe una gran expectativa porque el proceso puede tardar mucho tiempo.
“Esperemos a ver si la Corte no se tarda los cinco o seis años que suele tardarse en resolver demandas de institucionalidad contra normas de carácter tributaria. La expectativa no es muy alta dada las pocas decisiones que existen”, añadió Quintana.
Ismael Quintana también planteó dos escenarios que se pueden presentar en el organismo y que deberían aplicarse de forma inmediata. Por un lado, asevera que se podría suspender provisionalmente los efectos del decreto hasta que se dicte la sentencia. Y por otro, darle un tratamiento prioritario al caso, dado que hay un asunto impositivo que empezará a regir en 2025.
Finalmente, el constitucionalista indicó que la ‘Ley Antipillos’ tiene un vicio formal “tan evidente y grosero”. Afirmó que la única manera de resolverlo es “expulsando la norma del ordenamiento jurídico«.
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