En Ecuador se halló a un hombre incinerado en la parroquia San Vicente, en el cantón Guamote de la provincia de Chimborazo. Horas antes fue sometido a justicia indígena, pero ambos hechos no tienen relación.
Sucedió el martes 10 de octubre de 2023 y la Fiscalía abrió una investigación previa para determinar las causas de la muerte y los posibles responsables.
Habitantes de la parroquia acusaron al hombre de extorsión y aplicaron la justicia indígena, una forma de resolver conflictos con base en tradiciones ancestrales, que se encuentra tipificada en el artículo 171 de la Constitución de Ecuador. Pero la incineración del hombre no es parte de esta práctica.
La Carta Magna precisa que «las autoridades aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos internos, y que no sean contrarios a la Constitución y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales».
Eso hace referencia, por ejemplo, al artículo 66 de la misma norma, que establece que se reconoce y se garantizará a las personas, entre otros, el derecho a la inviolabilidad de la vida. En el mismo artículo consta que en el país «No habrá pena de muerte».
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En videos que circularon en redes sociales se observa al hombre con el torso desnudo y descalzo mientras recibe latigazos y baños con agua fría.
El artículo 526 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) dice que cualquier persona puede aprehender a quien se encuentre en delito flagrante de ejercicio público y entregarlo de inmediato a la Policía Nacional.
Luego de que se halló al hombre calcinado, autoridades policiales señalaron que podría tratarse de un homicidio. Según el artículo 144 del COIP, ese delito se sanciona con pena privativa de libertad de 10 a 13 años.