Gobierno Nacional modifica regulación de GLP para taxis en Ecuador

El presidente Daniel Noboa introduce cambios en la regulación de los precios de los derivados de hidrocarburo y el gas licuado de petróleo (GLP), utilizado por los taxis en Ecuador. Mediante el Decreto Ejecutivo 488 emitido el pasado 20 de diciembre del 2024.

Esta reforma busca solucionar los problemas de acceso y saturación en las estaciones de servicio, al mismo tiempo que abre la puerta para la creación de nueva infraestructura de comercialización de GLP.

El Decreto 488 modifica el Decreto Ejecutivo 308, emitido el pasado 26 de junio de este año, que había impuesto restricciones sobre el despacho de GLP para vehículos de transporte público.

En dicho reglamento, el Gobierno había establecido que no se podría implementar ni autorizar nueva infraestructura para la venta de GLP a taxis. Además, limitaba la cantidad de gas que se entregaba, restringiéndolo al volumen mensual determinado para el 2024.

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Estas medidas habían generado inconvenientes en el servicio de taxi, pues se veían obligados a esperar largas horas en las estaciones para abastecerse de GLP, lo que afectaba la operatividad de sus servicios.

El gobierno también señaló que esta situación derivó en prácticas irregulares, como los trasvases clandestinos de GLP desde cilindros domésticos a los tanques de los vehículos, sin respetar las normas de seguridad.

Con el objetivo de corregir estos problemas, la nueva normativa flexibiliza las restricciones anteriores y permite la creación de nueva infraestructura de comercialización de GLP. Esto siempre que cumpla con las normas de calidad establecidas por el Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN).

Además, el Decreto 488 establece que los centros de distribución de GLP deberán enviar a la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH) un informe mensual detallado sobre las ventas realizadas, que incluya información sobre los clientes, la cantidad de producto entregado y la placa del vehículo si corresponde.

Esta medida busca garantizar una mayor transparencia en la comercialización y el control de los despachos de GLP.

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