10 exasambleiístas que cursaban su segundo periodo en el legislativo, podrán reelegirse sin impedimento alguno, según reza una sentencia de la Corte Constitucional.
Según la Constitución los asambleístas no podrían participar para un tercer mandato, pero el proceso de agosto será, sin duda, una elección atípica por lo que no sería considerado un nuevo periodo Legislativo.
Según el constitucionalista, André Benavides, este caso es distinto y aquellos que se van a postular para el completar este período, inclusive podrían participar en las elecciones generales del año 2025.
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En esta lista se cuentan 10 asambleístas que podrían optar por un regreso al Legislativo. Entre ellos están: 5 de la Revolución Ciudadana, 3 del Partido Social Cristiano, 1 de CREO y 1 de la Izquierda Democrática.
El propio Consejo Nacional Electoral (CNE) reconoce que las reglas en estas elecciones anticipadas son distintas al ser un período reducido de funciones. José Cabrera, consejero del CNE, señala que al ser un proceso de elección para completar el período de los anteriores.
Además, existe una sentencia de la Corte Constitucional del año 2010 donde se señala que «para el caso de los artículos 130 y 148 de la Constitución, las elecciones tanto legislativas como presidenciales convocadas por el Consejo Nacional Electoral se entenderá que son para completar el resto de los respectivos períodos sin que pueda entenderse que se trata de un nuevo período regular imputable para el caso de la reelección».
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Ningún candidato se ha inscrito para las elecciones de agosto. ¿Cuándo vence el plazo? https://t.co/PRnDzoJM34 pic.twitter.com/KQIeP6nmF1
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