Así será el proceso para sancionados por fotografiar el voto en Ecuador; ¿cómo impugnar?

Actualizado 12:00

Redacción Teleamazonas.com |

El Consejo Nacional Electoral (CNE) comenzará a tramitar las boletas de los sancionados por fotografiar el voto en la segunda vuelta electoral del domingo 13 de abril del 2025. El último reporte de la autoridad electoral indica que hubo 71 personas que incumplieron la norma.

¿Qué procede? Las boletas de presunto cometimiento de infracción electoral que fueron entregadas por los integrantes de las Juntas Receptoras del Voto (JRV) deberán tener un informe detallado en el que se describe lo ocurrido. En esta constan los datos del elector, nombres, apellidos, número de cédula, el número de mesa y recinto donde ocurrió la infracción.

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Los sancionados tienen una copia de la boleta. Los coordinadores de cada recinto electoral entregaron la original a la Dirección de Cada Junta Provincial para que se pueda validar toda la información y la narración de los hechos. La multa puede ir desde 9 800 hasta 32 900 dólares y la pérdida de los derechos políticos.

Los documentos son revisados por el área jurídica del CNE para comprobar que cuente con todos los elementos probatorios de la infracción y las firmas de responsabilidad. También se verifica que todos los datos del sancionado sean correctos.

¿Cómo se puede impugnar?

El CNE entregará cada expediente al Tribunal Contencioso Electoral (TCE) para que proceda con la sanción correspondiente. El TCE abrirá una fase de notificación al infractor. Una vez que la notificación llega a esta instancia, el TCE tiene siete días para aplicar la sanción.

El Reglamento de Trámite Contencioso Electoral determina que luego de la primera notificación, el sancionado tiene posibilidad de impugnar y presentar sus alegatos de defensa. Cumplido este proceso, el TCE tiene cinco días para ratificar o modificar la sanción y volver a notificar la resolución definitiva.

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