Actualizado 16:00
Redacción Teleamazonas.com |
Teddy, el perro que fue rescatado en Quito, continúa su recuperación, informó la Fundación Lucky Bienestar Animal este jueves 20 de febrero del 2025.
“El dolor sigue y los cuidados y el amor van incrementando, queremos, soñamos, rezamos por el, porque todo lo vivido quede en el pasado”, escribió la Fundación en su cuenta en Facebook.
Además, informó que Teddy debe realizarse otro proceso quirúrgico, ya que la zona en la que fue afectado tiende a infectarse con mucha facilidad. Por ello, el médico veterinario recomendó que debe permanecer internado al menos 15 días más.
En un video difundido por la fundación se ve como el perro puede pararse, aunque aún se tambalea. “Con temblores y debilidad, da sus primeros pasos lejos del gran trauma que le provocaron”, dijo la entidad
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La fundación solicitó apoyo ciudadano para costear los gastos médicos, ya que cada día de permanencia cuesta alrededor de 50 dólares. “Sin apoyo, sin donaciones no tenemos manera de luchar con tantas vidas”, escribió la Fundación.
Teddy fue rescatado el pasado 18 de febrero en una quebrada en el sector de Chillogallo, en el sur de Quito. Este perro, de tres años, presentó signos de desnutrición y, por sus desgarres, se deduce que fue víctima de abuso sexual.
¿Cuál es la sanción por maltratar un animal?
El maltrato animal contempla varias acciones u omisiones que dañan a la mascota. En Ecuador, ya hay un antecedente por maltratar a un animal. Ocurrió en noviembre del 2022, con Spayk. Su propietaria fue sancionada con tres años de prisión, ofrecer disculpas públicas, recibir tratamiento psicológico y prohibición para tener un animal de compañía.
De acuerdo con el artículo 250, inciso 1, de la Ley Reformatoria del Código Orgánico Integral Penal (COIP), se establece una sanción de uno a tres años de prisión para quienes maltraten animales.
En el caso de abusos sexuales, el artículo 250 del COIP señala que “la persona que realice actos de carácter sexual contra un animal que integre la fauna urbana respectiva, lo someta a explotación sexual, lo utilice para actos sexuales propios o de terceros; o, lo ponga a disposición de terceros para actos sexuales, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año”.
Si producto de esta conducta causa la muerte del animal, la sanción será la pena privativa de la libertad de uno a tres años».
Muerte a un animal: En el primer inciso establece que «la persona que mate a un animal que forma parte de la fauna urbana será sancionada con prisión de seis meses a un año. Si la muerte se produce como resultado de actos de crueldad será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años».
En Quito también se aplican sanciones administrativas por maltrato animal. La Agencia Metropolitana de Control (AMC) regula este accionar basada en la Ordenanza Metropolitana No. 019-2020.
Incluyen infracciones leves con una multa del 30% de un Salario Básico Unificado (SBU). Se aplica en caso de tener a un animal sin correa, no recoger sus desechos, no socializar o no tener el carné de vacunas al día.
Las infracciones graves tienen una multa de un SBU. Se sancionan faltas como no proporcionar alojamiento adecuado, tener a los animales en la calle, no brindarle atención médica o tener un número de mascotas que impida cumplir con sus libertades.
También se incluyen casos de animales encerrados en vehículos, transportados en cajuelas, obligados a trabajar, no esterilizarlos o venderlos.
Existen las infracciones muy graves que se sancionan con 10 SBU. Incluyen no hacerse cargo de los daños que ocasione el animal, practicar mutilaciones estéticas, sacrificar o causar la muerte de un animal de compañía y encadenar o enjaular a las mascotas.
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