El plazo que el presidente Daniel Noboa tiene para definir su situación frente a la obligación de pedir licencia para su campaña de reelección se acorta. El Primer Mandatario tiene hasta el 4 de enero de 2025 para solicitar esa licencia (cuatro meses).
Desde la ruptura de la relación entre el Presidente y la vicepresidenta Verónica Abad, el Ejecutivo ha ensayado varias explicaciones sobre por qué no debería solicitar la licencia. Eso con el fin de no encargar el poder a Abad. Incluso recurrió a la Procuraduría General para solventar la duda pero esa entidad evitó pronunciarse.
Sin embargo, el vicepresidente del Consejo Nacional Electoral (CNE) Enrique Pita, dijo este 2 de septiembre en Teleamazonas que “el Presidente de la República o cualquier funcionario que opte por la reelección tiene que presentar licencia”.
Pita agregó que la obligación del CNE es verificar que eso se cumpla. “Quien sanciona el incumplimiento es el Tribunal Contencioso Electoral (TCE)”, mencionó el Vicepresidente del CNE. Esto porque ese incumplimiento se considera una infracción electoral.
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¿Qué dice el Código de la Democracia?
La normativa electoral establece que “los dignatarios que opten por la reelección inmediata al mismo cargo deberán hacer uso de licencia sin remuneración desde el inicio de la campaña electoral”.
El inicio de la campaña, según el calendario aprobado por el CNE, arranca el próximo 5 de enero de 2025. Sin embargo, aún hay etapas que todo postulante a la Presidencia debe atravesar.
Etapas previas para las candidaturas oficiales
Actualmente, ninguna candidatura está en firme. Esto porque la inscripción de las postulaciones aún no empieza. Las organizaciones políticas podrán hacerlo desde el próximo 13 de septiembre hasta el 2 de octubre del 2024.
Ese momento del calendario electoral tiene tres etapas. La primera es la inscripción de candidaturas que se extiende hasta inicios de octubre. A la par, desde el 16 de septiembre y hasta el 5 de octubre se podrán objetar las candidaturas.
Tomando en cuenta las candidaturas para asambleístas, el CNE tiene plazo para pronunciarse sobre la vigencia de las postulaciones hasta el 17 de octubre.
La tercera etapa tiene que ver con los recursos que se pueden presentar ante el Contencioso Electoral. Para esto se abre un periodo desde el 1 de octubre hasta el 20 de octubre. El TCE podrás resolver esos recursos hasta el 10 de noviembre.
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