El domingo 9 de febrero del 2025 los ecuatorianos acudirán a las urnas para elegir al nuevo Presidente o Presidenta de Ecuador y asambleístas. Para este proceso, el Consejo Nacional Electoral (CNE) seleccionó a 287 534 personas como miembros de las Juntas Receptoras del Voto.
Del lunes 18 de noviembre del 2024 al sábado 25 de enero del 2025, los elegidos para los comicios generales serán notificados. La mayoría de personas que cumplirán con esta obligación son estudiantes universitarios.
¿Cómo saber si eres miembro de mesa?
Para consultar si eres miembro de mesa debe seguir los siguientes pasos:
- Ingresa a la página web del CNE (www.cne.gob.ec) o a CNE APP
- Selecciona la opción ‘Consulta tu Lugar de Votación‘
- Ingrese su número de cédula y fecha de nacimiento
- Asegúrese de seleccionar el recuerda de la opción ‘No soy un robot‘.
- Da clic en ‘Consulta‘
- A continuación se desplegará un recuadro con toda la información y allí se especificará si fue seleccionado
Las personas que fueron seleccionadas deben capacitarse de forma obligatoria del 2 de diciembre del 2024. Los ciudadanos pueden hacerlo en línea o presencial. Quienes incumplan con este requerimiento serán sancionados con una multa equivalente al 10% de un salario básico unificado, es decir, 46 dólares.
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¿Cuánto deben pagarle?
Cada miembro de mesa debe cobrar un valor de 20 dólares como compensación por la labor en la jornada democrática. En caso de existir dos vuelta electorales, el ciudadano recibirá el doble, es decir, 40 dólares por las dos jornadas.
Los beneficiarios deben acercarse a las entidades del Banco del Pacífico de todas las provincias con su cédula de ciudadanía para cobrar ese monto.
¿Cuál es la multa por no cumplir como miembro de mesa?
Las personas seleccionadas que incumplan con esta obligación democrática deben pagar una multa del 15% del salario básico unificado (SBU), que equivale a 69 dólares. No obstante, en el Código de la Democracia se establecen excepciones para no sufragar y acudir a la mesa receptora del voto:
- Quienes no pueden votar por mandato legal
- No pudieren votar por motivo de salud o por impedimento físico comprobados con el certificado de un facultativo médico del Sistema Nacional de Salud Público o Privado
- Hayan sufrido calamidad doméstica grave ocurrida en el día de las elecciones o hasta ocho días antes
- Quienes, en el día de las elecciones, se ausenten o lleguen al país. También aquellos que se encuentren fuera del territorio nacional.
- Tener voto facultativo, no están a obligados a votar
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