Actualizado 12:30
Redacción Teleamazonas.com |
Más de 13 millones de ecuatorianos elegirán al nuevo Presidente o Presidenta, Vicepresidenta o Vicepresidente, asambleístas y representantes al Parlamento Andino este domingo 9 de febrero del 2025.
Para precautelar la seguridad y garantizar un adecuado desarrollo de la jornada electoral, el Consejo Nacional Electoral (CNE) establece varias medidas y prohibiciones que deben cumplir los electores. Entre ellas, la Ley Seca.
En el artículo 123 del Código de la Democracia se establece que durante la Ley Seca no se permite la venta, distribución o el consumo de bebidas alcohólicas 36 horas antes y 12 horas después de las elecciones.
Es decir, que para esta jornada la prohibición regirá desde el mediodía (12:00) del viernes 7 de febrero hasta el mediodía del lunes 10 de febrero.
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El incumplimiento de esta prohibición es sancionado con una multa equivalente al 50% de un Salario Básico Unificado (SBU), es decir, 235 dólares. Además, durante este periodo las intendencias realizarán controles a escala nacional.
También se establece la misma sanción para las personas que se presenten a sufragar en estado de embriaguez, según señala el artículo 291 del Código de la Democracia. Y la Policía Nacional podrá aprehender a quienes sean hallados en estado de embriaguez o libando en la vía pública.
Mientras que los infractores que pongan resistencia a la detención o causen alboroto se los podrá trasladar a un Centro de Detención Provisional y podrían enfrentar un proceso por escándalo público.
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