Considerando la extrema situación que atravesaron los ciudadanos en las provincias de Chimborazo, Tungurahua, Cotopaxi, Pichincha, Pastaza, Azuay, Imbabura, Sucumbíos y Orellana, provocada por las paralizaciones durante el mes de junio, Francisco Briones, Director General del SRI, emitió una resolución que busca darle un respiro a los contribuyentes que vieron interrumpidas sus actividades durante este periodo.
Esta resolución amplía el plazo hasta septiembre para la presentación de las declaraciones y anexos cuya fecha de vencimiento es en julio de 2022. Esto implica el pago de los impuestos correspondientes a dichas declaraciones en las provincias declaradas en estado de excepción, por ser las que sufrieron los mayores estragos debido al paro.
¡#Atención!
— SRI Ecuador (@SRIoficialEc) July 8, 2022
En solidaridad con los contribuyentes de las provincias afectadas por las paralizaciones, ampliamos a 60 días el plazo para declarar y pagar sus impuestos.
Mira la resolución aquí ▶️ https://t.co/L632qk5exj pic.twitter.com/1Dwrpqqm8B
Los contribuyentes que al 30 de junio de 2022 tenían su domicilio tributario en las provincias señaladas, cumplirán sus obligaciones de la siguiente manera:
Hasta el 28 de julio de 2022, los contribuyentes especiales podrán declarar y pagar el impuesto al valor agregado (IVA), el impuesto a los consumos especiales (ICE) y retenciones en la fuente de impuesto a la renta, correspondientes a junio de 2022, sin intereses ni multas.
Para aliviar el impacto de las afectaciones del paro a los contribuyentes de #Chimborazo, #Tungurahua, #Cotopaxi, #Pichincha, #Pastaza, #Azuay, #Imbabura, #Sucumbíos y #Orellana, ampliamos el plazo 2 meses para obligaciones que vencen en julio de 2022. .@LassoGuillermo 🇪🇨#Ecuador pic.twitter.com/oZ5EfIuSGX
— Francisco Briones R. (@FcoBrionesR) July 8, 2022
Los demás contribuyentes podrán declarar y pagar sin intereses ni multas, el impuesto al valor agregado (IVA), el impuesto a los consumos especiales (ICE) y retenciones en la fuente de impuesto a la renta, correspondientes a junio de 2022 y al primer semestre de 2022, según corresponda, en los plazos previstos en el siguiente calendario:
Por otro lado, los contribuyentes obligados a presentar el Informe de Cumplimiento Tributario (ICT) correspondiente al ejercicio fiscal 2021 y sus anexos, se podrán regir al siguiente calendario:
Fuente: sri.gob.ec