Una nueva denuncia de violación en manada ha desatado la indignación en Argentina cuando el fiscal la catalogó como ‘Desahogo sexual’.
Esta controversia llega tras la resolución del fiscal de la localidad patagónica de Rawson Fernando Rivarola, ante una denuncia de violación grupal.
Una joven denunció hace un año y medio haber sufrido en 2012 una violación, cuando tenía 16 años, durante una fiesta en Playa Unión.
En un principio los hechos se calificaron por el fiscal como «abuso con acceso carnal». Posteriormente, se llamó «abuso sexual simple». Con esta calificación ninguno de los cinco acusados podría ir enviado a la cárcel.
Posteriormente, el mismo Rivarola tildó como «desahogo sexual» a la violación en manada.
Juez rechaza dictamen de fiscal
«Considero que por los propios hechos relatados por la Fiscalía, la calificación debe ser otra», dijo este miércoles el juez Marcelo Nieto.
«En este caso abuso sexual gravemente ultrajante con la participación de dos o más personas con una pena mínima de 8 años y una máxima de 20», agregó Nieto.
ACUERDO ENTRE LOS IMPUTADOS Y LA VÍCTIMA
En todo momento, la Fiscalía expresó que la víctima estaba «totalmente conforme» con el acuerdo de juicio abreviado.
Esto es «realmente aliviador para ella» por la posibilidad de «dar un cierre definitivo a este hecho» y sentir la «inmensa tranquilidad» para «retomar su vida cotidiana».
Sin embargo, el Ministerio Público señaló que el «hecho inesperado de ver en las redes sociales y la televisión que su caso reaparece sin su consentimiento» provocó la revictimización.
LAS EXPLICACIONES DEL FISCAL
Tras la polémica, Rivarola refirió que la frase «desahogo sexual» (…), «pese a su amplio y arraigado uso judicial, debe ser erradicada».
«Soy consciente, hoy más que nunca, de la importancia que tienen las palabras como instrumentos de cambio en la deconstrucción de estereotipos machistas», subrayó.
Sin embargo, vio «necesario aclarar» que «lejos de haber utilizado la expresión para minimizar o justificar conducta alguna, su empleo tuvo el único sentido de describir los delitos imputados como acciones de cosificación de la víctima y de degradación de su dignidad, así como la voluntad del agresor de cometerlo sin el consentimiento de la víctima».