El juez Guillermo Ortega, del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) admitió a trámite la apelación a la inadmisión de la denuncia en contra de Diana Jácome por violencia política de género. La notificación se hizo este miércoles 21 de agosto de 2024.
Anteriormente la denuncia fue inadmitida por la jueza Ivonne Coloma, alegando que no es una competencia del órgano jurisdiccional. Pero la denunciante apeló la decisión que el juez Ortega aceptó.
La asesora presidencial fue denunciada ante el TCE el 4 julio por la exfuncionaria de la vicepresidencia, Tamara Cedeño. Jácome aseguró que la mujer era pareja sentimental de Andrés Pasquel, quien a su vez interpuso una querella contra el presidente Daniel Noboa por campaña anticipada.
Cedeño se desempeñaba como directora administrativa financiera de la Vicepresidencia. Fue destituida luego de que Jácome la vinculara públicamente con Pasquel.
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Según la denunciante, la «presión mediática» desencadenó en su destitución y constituye violencia política de género.
En la providencia emitida por Ortega señaló que Coloma «se encuentra imposibilitada de conformar el Pleno Jurisdiccional» ya que fue jueza de instancia. Por lo tanto, llamó a la Secretaría General del TCE a convocar a su suplente.
En contra de Jácome hay otra denuncia ante el TCE. Se trata del trámite impulsado por la vicepresidenta Verónica Abad y también la acusa de violencia política de género. La asesora le respondió con una denuncia también.
«Tengo derecho a defenderme ante cualquier acto que intente vulnerar mi integridad y mis derechos políticos. No voy a permitir que se sigan utilizando mecanismos políticos para silenciarme o intimidarme. Basta de la vieja política», dijo Jácome ante los medios de comunicación.
Además, la funcionaria acusó a Abad de estar auspiciada por «abogados que defienden al narcotráfico» y la increpó por no denunciar antes y no a puertas de un proceso electoral.
El Código de la Democracia considera como violencia política de género cuando «amenacen o intimiden en cualquier forma a una o varias mujeres o a sus familias, y que tengan por objeto o resultado anular sus derechos políticos, incluyendo la renuncia al cargo o función que ejercen o postulan».
Este delito se sanciona con la pérdida de derechos políticos más una multa económica.
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