Incidente durante juicio por exhibicionismo genera debate en España

Alejandro Colomar había sido citado a los juzgados de Valencia por exhibicionismo en la vía pública, pero este martes 27 de septiembre del 2022 intentó asistir desnudo a la tramitación del juicio en lo Contencioso-Administrativo. La imagen, registrada por la agencia EFE, ha dado la vuelta al mundo y ha levantado un debate en España.

Según ha explicado Colomar a los periodistas, la vista a la que está citado es para ver su recurso a una sanción administrativa de la que fue objeto por pasearse desnudo por la vía pública. En anteriores ocasiones, ha explicado su abogado, Pablo Mora, también ha sido sancionado en la vía Penal, si bien estas condenas se encuentran recurridas.

Tres agentes de la Guardia Civil, del grupo de seguridad de la Ciudad de la Justicia de Valencia, le han impedido el paso cuando trataba de acceder desnudo al juzgado, e inmediatamente otro grupo de cinco policías nacionales le han rodeado y le han obligado a vestirse con la advertencia de que sería propuesto para sanción si no lo hacía, dado que en ese preciso instante un menor también estaba accediendo al edificio.

«Alejandro ya tuvo un juicio penal, le condenaron por entrar a una comisaría desnudo. Este juicio se ha perdido en primera instancia y en la Audiencia Provincial, y está pendiente de casación al Supremo. Es probable que acabe en el Constitucional», admitió su letrado.

Reacciones divididas

La presentación de Colomar sin ropa a su juicio por exhibicionismo ha despertado un debate en las redes sociales sobre si el incidente debe ser reprochado, juzgado o justificado.

«El que considere que la desnudez en sí misma es obscena tiene un problema goro», escribió Celso Gorrín en Twitter. «Y pensar que antes cazábamos mamuts», dijo Luis Hipolito.

«El nudismo dependiente del momento, lugar e intencionalidad puede ser infracción administrativa. por supuesto si es a la vista de menores (ejemplo cerca de un colegio) será delito», posteó otro usuario, quien compartió el art. 185 del Código Penal español.

«No es un juicio penal. Es un contencioso-administrativo por una sanción administrativa. Hoy en día no hay delito de exhibicionismo si no hay actos de exhibición obsenal ante menores», escribió Javier Almonacid, también en Twitter.