Diciembre está por llegar y con ello los empleados en relación de dependencia de Ecuador se preparan para recibir el décimo tercer sueldo. Este bono navideño es obligatorio y su falta de cancelación puede generar problemas al empleador.
El valor de este beneficio corresponde a una remuneración equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que el trabajador ha percibido entre el 1 de diciembre del año pasado y el 30 de noviembre del presente.
Esta remuneración económica se deberá cancelar hasta el 24 de diciembre del 2024. Quienes incumplan con este beneficio de ley podrá ser sancionado con tres a veinte salarios básicos unificados, es decir, 9 200 dólares.
Desde el 2015 se puede mensualizar los décimos. Sin embargo, quienes requieran obtenerlo en un solo pago pueden también solicitar la acumulación con una solicitud por escrito a sus empleadores durante los primeros 15 días del año.
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Así puede calcular el décimo
Para calcular el valor total que se recibe en el bono navideño se debe considerar la remuneración básica, las horas extras, las comisiones y otras retribuciones. En el calculo no se incluyen vacaciones, fondos de reserva y viáticos.
Se suman suman todas las remuneraciones recibidas en el periodo establecido y se divide para doce. El Ministerio de Trabajo tiene disponible una calculadora en línea, donde se puede obtener el valor en el siguiente link: https://calculadoras.trabajo.gob.ec/tercero
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