La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó, este viernes 25 de octubre del 2024, al Estado ecuatoriano por la tortura y muerte de Gustavo Washington Hidalgo. El hecho ocurrió en 1992, tras ser detenido por oficiales de la Policía.
La CorteIDH, con sede en Costa Rica, notificó la sentencia en la cual establece «la responsabilidad internacional del Estado por la violación de los derechos a la vida e integridad personal, en perjuicio de Gustavo Washington Hidalgo, por la tortura y su ejecución extrajudicial ocasionada por agentes estatales mientras se encontraba bajo su custodia».
Además, el tribunal internacional declaró la responsabilidad de Ecuador por «la violación de los derechos a las garantías judiciales y protección judicial por la falta de la debida diligencia en la investigación de los hechos». También en «la violación a la integridad personal y los derechos de la niñez por las afectaciones sufridas, en perjuicio de los familiares de la víctima».
Los hecho se remontan al 8 de diciembre de 1992, en el pueblo de Tosagua, en Manabí. En aquella ocasión, Gustavo Washington Hidalgo, quien se encontraba en estado etílico, intentó ingresar a una pista de baile, pero los organizadores del evento no le permitieron pasar.
«Al lugar llegaron cuatro agentes policiales. En estas circunstancias se inició un altercado físico entre el señor Hidalgo y los cuatro policías, con el fin de detenerlo. El señor Hidalgo se resistió y los policías le propinaron golpes de puños y puntapiés, arrastrándolo por un trayecto de tres cuadras hasta la Comisaría. Luego, el señor Hidalgo fue llevado al calabozo y sometido a más golpes e insultos hasta que dejó de quejarse«, explicó la CorteIDH.
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A Hidalgo lo revisó un médico, quien confirmó su muerte. La autopsia constató que las causas de muerte fueron traumatismo cerrado de abdomen, hemorragia abdominal aguda interna y shock hipovolémico. Por este caso, el Estado ecuatoriano reconoció su responsabilidad durante el proceso ante la CorteIDH.
En su sentencia de este viernes, la CorteIDH ordenó a Ecuador continuar con las investigaciones y destacó los esfuerzos recientemente realizados por la Fiscalía General para reanudar y emprender la investigación a fin de esclarecer lo ocurrido y establecer las sanciones.
«El Estado deberá, dentro de un plazo razonable y con la debida diligencia, promover, continuar y concluir eficazmente la sustanciación de dicho proceso penal en curso en el ámbito interno y, en su caso, sancionar a los responsables por todos los hechos del caso sufridos por la víctima», indica el fallo.
Además, «el Estado deberá garantizar el pleno acceso y capacidad de actuar de los familiares en todas las etapas de las investigaciones». La CorteIDH también ordenó indemnizaciones para los familiares de la víctima por conceptos de medidas de rehabilitación, daño material y daño inmaterial. EFE
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