Corte Constitucional suspende aplicación de ‘Ley Antipillos’ que Noboa envió al Registro Oficial

La Corte Constitucional decidió admitir a trámite una demanda de inconstitucionalidad contra la ‘Ley Antipillos‘ y suspenderla temporalmente. Esta decisión se adoptó este viernes 20 de diciembre del 2024.

Esta normativa fue enviada, el pasado lunes 9 de diciembre, al Registro Oficial mediante Decreto Ley del presidente Daniel Noboa. Esto ocurrió luego de que la Asamblea Nacional archivara el proyecto.

Como medida cautelar, el organismo ha suspendido su aplicación hasta emitir un pronunciamiento definitivo sobre si acepta o no la demanda de inconstitucionalidad.

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La tarde de este 18 de diciembre de 2024, la presidenta del Legislativo, Viviana Veloz, acompañada de un grupo de asambleístas acudieron a la sede de la Corte Constitucional en Quito para ingresar una demanda de inconstitucionalidad en contra Ley Orgánica para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos, como se llama oficialmente la ‘Ley Antipillos’.

Dos días después, la Corte Constitucional se pronunció sobre la demanda presentada por la Asamblea y dijo que «cumple con los requisitos para ser admitida a trámite«.

Además, El Primer Tribunal de Sala de Admisión de la Corte Constitucional «consideró que existen elementos de gravedad, verosimilitud e inminencia para otorgar la medida cautelar de suspensión de la ‘Ley Antipillos’.

Es decir, se frena la aplicación de esa norma hasta que la Corte Constitucional pueda pronunciarse sobre la existencia o no de un inconstitucionalidad por la forma.

Sin embargo, ese organismo aclaró que la suspensión temporal y la admisión a trámite no constituye «un pronunciamiento sobre el fondo del asunto«.

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