La Corte Constitucional del Ecuador inadmite las demandas de inconstitucionalidad presentadas en contra del Decreto Ejecutivo Nro. 741.
Varios exasambleístas y actores políticos presentaron demandas para que la Corte dictaminara la legalidad del decreto emitido por el presidente de la República, Guillermo Lasso, que invocó la muerte cruzada y disolvió la Asamblea Nacional.
Los tribunales de admisión de la Corte Constitucional del Ecuador, conformados por varios jueces constitucionales que atendieron las seis demandas de inconstitucionalidad presentadas por exasambleístas del PSC, Pachakuitk y el mismo expresidente del Legislativo decidieron este jueves 18 de mayo del 2023 inadmitir todas las demandas.
Las decisiones de los jueces se sustentan en que «a la Corte Constitucional no le corresponde verificar la configuración material de la causal invocada ni de la motivación esgrimida por el Presidente de la República en el Decreto Ejecutivo Nº. 741, pues el artículo 148 de la Constitución no le ha otorgado la atribución para el efecto».
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La sentencia de la Corte de rechazar la acción presentada por los señores Ángel Salvador Maita Zapata, Mireya Katerine Pazmiño Arregui, Dina Maribel Farinango Quilumbaquin, Janeth Del Pilar Llano Gómez y José Fernando Cabascango Collaguazo.
La sentencia de la Corte de rechazar la acción de inconstitucionalidad presentada por los exasambleístas Esteban Torres y Yeseña Guamaní.
La Corte decidió rechazar la acción presentada por el expresidente de la Asamblea Nacional, Virgilio Saquicela.
Con esta sentencia la Corte Constitucional rechazó la demanda de Jorge Sosa Meza, coordinador de la Unidad Técnica Legislativa, de la Asamblea Nacional.
La acción presentada por Geovanni Atarihuana Ayala, director del partido político Unidad Popular; Nelson Armando Erazo Hidalgo, presidente del Frente Popular; Isabel Vargas Torres, presidenta de la Unión Nacional de Educadores; y, Nery Francisco Padilla, presidente de la Directiva Nacional de la Federación de Estudiantes Universitarios del Ecuador (FEUE), también fue rechazada por la Corte Constitucional con esta sentencia.
Finalmente la Corte rechazó la demanda presentada por los señores Carlos Alfredo Alvear Burbano, Ernesto Damián Pazmiño Chávez, Esteban Alejandro Falconí Chávez y Jonathan Roberto Aguinda Shiguango.
Con estas decisiones de la Corte Constitucional se zanja el tema de la legalidad de la muerte cruzada invocada por el presidente Guillermo Lasso y se continúa con el proceso electoral para elegir a un nuevo gobierno en los próximos seis meses.
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